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Programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8)

About the Program
Las listas de espera Programa
Programas especiales
¿Quién es elegible para recibir asistencia?
Solicitud de un vale de la Sección 8
Lista de espera Información
Lista de espera Preferencias
Estado de la lista de espera: Fecha de colocación en revisión
Formulario de Lista de Espera de preparación para la solicitud
Al llegar a la cima de la lista de espera
Proceso de solicitud inicial
La recepción de Vale
bono informativa
Paquete sesión informativa
Usando el Vale
Necesidades especiales
Fraude programa
¿Preguntas?

About the Program

El programa de vales de elección de vivienda (HCV), también conocido como "Sección 8", brinda asistencia de alquiler a personas o familias de bajos ingresos.

Hay dos programas principales de vales de la Sección 8: uno para el condado de Santa Cruz y otro para la ciudad de Hollister (que también incluye la ciudad de San Juan Bautista).

Una vez que una familia recibe un bono, la familia encuentra sus propios alquileres de casas y apartamentos en el mercado privado. La familia paga alrededor de un tercio de sus ingresos en concepto de alquiler al arrendador, y la Autoridad de Vivienda paga el resto, hasta cierto límite, directamente al arrendador.

La familia y el arrendador firman un contrato de alquiler o contrato de arrendamiento provisto por el arrendador. La familia paga el depósito de seguridad exigido por el arrendador.

Listas Autoridad de Vivienda Programa de espera
Actualmente están abiertas las siguientes Listas de Espera:

La salida del sol para Apartamentos

La lista de espera basada en el sitio para unidades de asistencia de alquiler de vales basados ​​en proyectos en Sunrise Senior Apartments ubicado en 580 Westside Blvd., en Hollister está actualmente abierta y aceptando solicitudes. Sunrise Senior Apartments es propiedad y está administrado por Community Housing Improvement Systems and Planning Association, Inc. (CHISPA) para que los ocupen personas de la tercera edad de bajos ingresos con un cabeza de familia o cónyuge que tenga al menos 62 años de edad o más.

Para obtener más información sobre el programa de cupones basados ​​en proyectos, haga clic en aquí.

Pre-solicitudes para el La salida del sol para Apartamentos La lista de espera estará disponible a partir del 10 de octubre de 2022. Si usted, como cabeza de familia o su cónyuge, tiene 62 años o más y está interesado en residir en Sunrise Senior Apartments, complete una presolicitud de Sunrise Senior Apartments. Las solicitudes previas para la lista de espera estarán disponibles:

  • El sitio web de CHISPA: www.chispahousing.org
  • Sitio web de la Autoridad de Vivienda: www.hacosantacruz.org
  • Apartamentos para personas mayores de Sunrise: 580 Westside Blvd. Hollister, CA 95023
  • Centro para personas mayores de Hollister: 300 West St, Hollister, CA
  • Oficina principal de CHISPA: 295 Main Street, Suite 100, Salinas, CA 93901
  • Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz: 2160 41st Ave., Capitola 95010 Teléfono: (831) 454-5950 Fax: {831) 469-3712 www.hacosantacruz.org correo electrónico: lista de [email protected]
  • Para obtener más información sobre el proceso de solicitud, llame al (831) 757-6254 o visite www.chispahousing.org

Para ser añadido a la La salida del sol para Apartamentos Lista de espera, devolver una pre-solicitud completa a la Autoridad de Vivienda. Puede devolver la presolicitud:

  • por correo a 2160 41st Ave., Capitola 95010
  • por FAX al (831) 469-3712
  • dejar en el vestíbulo de la Autoridad de Vivienda en 2160 41st Ave., Capitola 95010 durante el horario de oficina, de lunes a jueves de 8:00 a. m. a 4:30 p. m.
  • dejar fuera de horario utilizando nuestro buzón exterior ubicado a la izquierda de la entrada de la Autoridad de Vivienda.
  • E-mail lista de [email protected]

Para obtener más información sobre esta propiedad, se recomienda llamar al:

  • CHISPA al (831) 757-6254 TDD: (831) 758-9481 para información sobre disponibilidad de unidades y criterios de elegibilidad
  • La Autoridad de Vivienda al 831-454-5950 para obtener información sobre cómo completar o enviar una solicitud previa para esta lista de espera

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz brinda igualdad de oportunidades a todos los solicitantes para participar en los Programas de la Autoridad de Vivienda, y es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades. La Autoridad de Vivienda no discrimina por motivos de raza, ascendencia, color, religión, estado civil, sexo, orientación sexual, origen nacional, afiliación política, edad, ciudadanía, discapacidad o estado familiar. Si tiene alguna pregunta, comuníquese con nuestra línea de información de la lista de espera al 831-454-5950.

Lista de espera vale Resetar basado en proyectos

El hotel residencial Resetar es un proyecto de vivienda asequible y de apoyo de 89 unidades en el corazón del centro de Watsonville. Hay un total de 52 unidades basadas en proyectos en Resetar, de las cuales 5 unidades están reservadas para veteranos sin hogar que participan en el programa HUD-VASH. Hay 3 unidades de un dormitorio y 49 apartamentos tipo estudio en el Programa de vales basados ​​en proyectos. Los residentes del Hotel Residencial Resetar establecen un plan de servicio y reciben administración de casos proporcionada por Abode Services u otros proveedores de servicios.

En el programa de vales basados ​​en proyectos, la asistencia está asociada con una unidad, no con el inquilino. Por lo tanto, los solicitantes que alcancen la parte superior de la lista de espera de Resetar solo serán elegibles para residir en el Resetar Residential Hotel en 15 West Lake Avenue en el centro de Watsonville.

Lista de espera vale El Centro basado en proyectos

En el programa de vales basados ​​en proyectos, la asistencia está asociada con una unidad, no con el inquilino. Por lo tanto, los solicitantes que alcancen la parte superior de la lista de espera de El Centro solo serán elegibles para residir en los apartamentos residenciales de El Centro (1110 Pacific Avenue en el centro de Santa Cruz). Solo los hogares de una sola persona de 60 años o más son elegibles para estas unidades. El Centro tiene 45 unidades de ocupación de habitación individual (SRO) con baño, refrigerador pequeño, microondas y fregadero. Cada unidad tiene acceso a una cocina compartida, duchas separadas para hombres y mujeres y otras comodidades.

Haz clic aquí para un volante con más información sobre El Centro Residential Apartments.

Las siguientes Listas de Espera están actualmente cerradas:

Programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8)

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz ha cerrado la Lista de Espera para el Programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) tanto para el Condado de Santa Cruz como para las Ciudades de Hollister y San Juan Bautista.

En el programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8), a los participantes se les emite un vale y alquilan con un arrendador que acepta participar en el programa de la Sección 8. La Autoridad de Vivienda paga una parte del alquiler directamente al propietario. El participante paga la diferencia entre el alquiler negociado y el monto pagado por la Autoridad de Vivienda al arrendador. Esta cantidad puede (y en muchos casos lo hace) exceder el 30% de los ingresos ajustados del hogar.

Pippin Huertas Apartamentos

Pippen Orchard Apartments tiene unidades de cupones basadas en proyectos (PBV) y unidades no basadas en proyectos. En el programa PBV, la asistencia está vinculada a la unidad, no al hogar. Los hogares deben residir en Pippin Orchards Apartments durante al menos un año antes de ser potencialmente elegibles para transferir la asistencia. Como no todos los apartamentos estarán basados ​​en proyectos, habrá una lista de espera separada para esas unidades. Los hogares pueden solicitar ambas listas de espera.

Comuníquese con MidPen si tiene preguntas sobre Pippin Orchards Apartments: 831-707-2150.

La lista de espera de Pippin Orchard Apartments cerró el martes 7 de agosto a las 5 pm.

Servicios de interpretación estan disponibles. Por favor solicite ayuda en la oficina de Midpen.

Merrill Road Apartments

Merrill Road es un desarrollo de viviendas asequibles que consta de 15 unidades para familias de muy bajos ingresos.

USDA Farmworker Housing

Este programa está diseñado para proporcionar viviendas asequibles a familias que ganan una parte sustancial de sus ingresos como trabajadores agrícolas y que son ciudadanos de los Estados Unidos o residen en los Estados Unidos después de haber sido admitidos legalmente para la residencia permanente. La lista de espera para este programa cerró el viernes 7 de octubre de 2022. Las solicitudes recibidas después de las 5:00 p. m. del 7 de octubre de 2022 no se incluirán en la lista de espera.

Lista de espera de vales basados ​​en proyectos (PBV) de St. Stephens

El complejo es desarrollado y operado por MidPen Housing. La ocupación está designada para personas mayores de bajos ingresos de al menos 62 años de edad. El complejo cuenta con apartamentos tipo estudio, de una y dos habitaciones. Hay un total de 39 unidades basadas en proyectos en St. Stephens. Cinco unidades están designadas para veteranos sin hogar que participan en el programa HUD-VASH, según la recomendación de la Administración de Veteranos. Cinco unidades están designadas para personas elegibles del Programa de Servicios para Adultos Mayores de Propósitos Múltiples (MSSP) referidas por el Centro de Proyectos de Salud. Esta nueva lista de espera basada en el sitio es para las 29 unidades restantes.

Programas de vales especiales

Con el tiempo, HUD ha otorgado a la Autoridad de Vivienda fondos para tipos de vales específicos para servir a poblaciones específicas. En algunos casos, estos programas especiales ofrecen vales a personas elegibles de la lista de espera de vales de elección de vivienda (HCV). En otros casos, los cupones se emiten en función de las referencias de los proveedores de servicios. Todos los programas de cupones especiales que se basan en referencias de otras agencias se enumeran y describen a continuación, junto con información sobre cómo puede obtener más información sobre cómo acceder a estos programas.

Refugio Care Plus

Asistencia de alquiler basada en inquilinos para 40 hogares

La Autoridad de Vivienda administra un programa de refugio Plus Care que combina asistencia de alquiler y servicios de apoyo para personas crónicamente sin hogar.

Las referencias para Shelter Plus Care provienen de la Agencia de Servicios de Salud del Condado de Santa Cruz/Proyecto de Salud para Personas sin Hogar (HPHP).

Para obtener más información, comuníquese con HPHP al 454-2080

Nuevo Sol SROs

11 Unidades

La Autoridad de Vivienda administra un proyecto de ocupación de habitación individual de rehabilitación moderada para personas sin hogar.

Las referencias para Nuevo Sol provienen de la Agencia de Servicios de Salud del Condado de Santa Cruz/Proyecto de Salud para Personas sin Hogar (HPHP).

Para obtener más información, comuníquese con HPHP al 454-2080

WTW vales

24 vales

Los cupones de Welfare to Work son para personas que participan en el Programa de Welfare to Work de CalWorks. Los cupones están reservados para los participantes de CalWorks. Están destinados a ser una parte clave de la estrategia para apoyar los esfuerzos de las familias del condado de Santa Cruz que están trabajando para lograr la autosuficiencia.

Las remisiones para vales de Welfare to Work provienen del Departamento de Servicios Humanos.

Para obtener más información, comuníquese con Victoria Regan al (831) 454-4913

Programa de Unificación Familiar – Jóvenes (FUP-Y)

30 vales

Los vales Jóvenes de Unificación Familiar están reservados para jóvenes y adultos jóvenes que tienen al menos dieciocho años de edad pero aún no han cumplido los veinticinco años de edad, que abandonaron el acogimiento familiar, o dejarán el acogimiento familiar dentro de los próximos noventa días, y que no tengan hogar. o en riesgo de quedarse sin hogar a los dieciséis años o más. Los bonos FUP Joven utilizados se emiten hasta por 36 meses de ayuda a la vivienda, con posibilidad de prórroga hasta un total de 60 meses.

Las referencias para los vales FUP-Y provienen del Departamento de Servicios Humanos del Condado de Santa Cruz. Para más información visite https://santacruzhumanservices.org/HousingforHealth, correo electrónico [email protected] o llame al 831-454-7312.

Programa de Unificación Familiar (FUP)

188 vales

Los vales del Programa de Unificación Familiar están reservados para familias para las cuales la falta de vivienda adecuada es un factor principal en la colocación inminente de su hijo o hijos en cuidado fuera del hogar o en la demora del alta de un hijo o hijos a la familia. atención fuera del hogar.

Las referencias para los vales FUP provienen del Departamento de Servicios Humanos del Condado de Santa Cruz. Para más información visite https://santacruzhumanservices.org/HousingforHealth, correo electrónico [email protected] o llame al 831-454-7312.

Vivienda de Apoyo de Asuntos de Veteranos (VASH)

347 vales

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) y el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) se han asociado para crear un programa para veteranos sin hogar que combina la asistencia de alquiler de Vales de Elección de Vivienda de HUD con administración de casos y servicios clínicos proporcionados por el Departamento de Asuntos de Veteranos en sus centros médicos y en la comunidad.

Las referencias para vales VASH provienen del VA.

Para obtener más información, comuníquese con Shannon Healer, LCSW al (650) 269-5945

(Ve arriba)

¿Quién es elegible para recibir asistencia?

Para ser elegible para el Programa de Vales de Elección de Vivienda (HCV), las familias deben cumplir con ciertos criterios.

  1. Las familias deben ser ingresos elegibles. El Programa HCV atiende a familias con ingresos iguales o inferiores al 80 % del ingreso medio del área. Para ver los límites de ingresos actuales, haga clic en aquí.
  2. Las familias deben demostrar residencia legal dentro de los Estados Unidos. Tenga en cuenta que sólo uno el miembro debe ser residente legal para ser elegible. Sin embargo, a las familias elegibles que también tienen miembros que no pueden demostrar la residencia legal se les reducirá su asistencia de alquiler en un porcentaje prorrateado. Para obtener más información, haga clic en aquí.
  3. Todos los miembros de la familia mayores de 18 años deben aprobar un verificación de antecedentes criminales. Las personas con ciertos antecedentes penales violentos y aquellas sujetas a registros de delincuentes sexuales de por vida pueden no ser elegibles para la asistencia de alquiler. Para obtener más información, haga clic en aquí.

Para fines de elegibilidad, todas las personas en el hogar se consideran parte de la familia, independientemente de la relación. Los requisitos de elegibilidad son establecidos por el Congreso de los Estados Unidos e implementados por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. Las reglas de elegibilidad pueden cambiar en cualquier momento y, por lo tanto, la elegibilidad solo se determina según sea necesario cuando un vale está disponible para una familia.

Solicitud de un vale de la Sección 8

Cuando la lista de espera está abierta, las familias pueden poner sus nombres en la lista de espera completando una solicitud previa (ver a continuación). A medida que las familias que abandonan el programa renuncian a los cupones, se contacta a las familias en la lista de espera para que presenten una solicitud completa.

Incluso si una familia tiene un arrendador que quiere participar en el programa de cupones, la familia debe esperar su turno para obtener un cupón al estar en la lista de espera como todos los demás presolicitantes.

Lista de espera Información

La Lista de Espera es una lista de familias que han completado una “pre-solicitud” indicando que están interesadas en participar en el programa.

Los solicitantes que ya estaban en la lista de espera antes de la apertura de la lista de espera de octubre de 2018 seguirán siendo contactados según las preferencias y la fecha de colocación. Los nuevos solicitantes que presenten su solicitud antes de las 5:00 p. m. del 6 de diciembre de 2018 recibirán un número de "lotería" al azar. Se contactará a estos solicitantes según las preferencias y el número de lotería.

Debido a que hay más demanda de asistencia que cupones disponibles, generalmente hay una larga espera para recibir asistencia, generalmente varios años. La Autoridad de Vivienda no puede predecir cuándo los nombres llegarán a la parte superior de la lista de espera. La velocidad a la que avanza la lista de espera depende de cuántas familias abandonan el programa y el nivel de financiación que recibe la Autoridad de Vivienda de HUD. Es imposible predecir cuándo estará disponible un cupón.

Si la familia se separa, la persona designada como Jefe de Hogar en la presolicitud mantendrá la plaza en lista de espera. Cualquier persona que no viva con el cabeza de familia deberá presentar una solicitud por su cuenta presentando una nueva presolicitud.

Lista de espera Preferencias

A menos que se indique lo contrario, las preferencias de la lista de espera se aplican a la Lista de espera de vales de elección de vivienda del condado de Santa Cruz. Todas las preferencias adoptadas por la Autoridad de Vivienda se basan en las necesidades y prioridades de vivienda locales según lo determine la Autoridad de Vivienda.

    1. Preferencia de Residencia en vivo / trabajo
      La Autoridad de Vivienda ha establecido una preferencia de residencia parcial para vivir/trabajar, de modo que al menos el 75% de las familias seleccionadas de la lista de espera vivirán o trabajarán actualmente en la jurisdicción de la lista de espera.
    2. Persona sin hogar discapacitada y médicamente vulnerable (DMV)
      La Autoridad de Vivienda ha adoptado una preferencia de lista de espera limitada de hasta 120 cupones para personas discapacitadas y médicamente vulnerables sin hogar. The Housing Matters brinda referencias para personas que son 1) discapacitadas, 2) médicamente vulnerables, 3) sin hogar y 4) tienen un plan de administración de casos con un proveedor de servicios de apoyo de vivienda.
    3. Transición para discapacitados de instituciones (DTI)
      La Autoridad de Vivienda ha adoptado una preferencia de lista de espera limitada de hasta 12 cupones para personas discapacitadas en transición de instituciones a entornos comunitarios y personas en grave riesgo de institucionalización. Las siguientes agencias brindan referencias para esta preferencia: Centro de vida independiente de la costa central (CCCIL), Vida de apoyo en la costa, Salud mental del condado, Coalición de elección de vivienda y Centro regional de San Andreas (SARC).
    4. Medidas temporales durante los períodos de baja tasa de utilización
      Durante tiempos de baja utilización de cupones o fondos (menos del 97%), la Autoridad de Vivienda puede utilizar las siguientes medidas:

      • A.) Opción de arrendamiento en el lugar. Esta preferencia solo se aplicará a los solicitantes que ya están en la lista de espera y que actualmente viven en la jurisdicción de la Autoridad de Vivienda, residen en una unidad que cumple con los estándares de HQS, con un arrendador que está dispuesto a aceptar un vale.
      • B.) Prevención de desalojos. La Autoridad de Vivienda puede aceptar referencias directas de la Junta de Acción Comunitaria del Condado de Santa Cruz (CAB) de familias en riesgo inminente de quedarse sin hogar debido al desalojo por razones económicas. La preferencia de prevención de desalojos se limitará a los solicitantes en la lista de espera de HCV, y la preferencia se limitará a 24 cupones.
    5. Vales convencionales para personas discapacitadas que no son personas mayores
      La Autoridad de Vivienda ha recibido 50 vales para discapacitados no ancianos (NED, por sus siglas en inglés). Estos vales NED convencionales son para el área de servicio de la Autoridad de Vivienda, tanto del condado de Santa Cruz como de las ciudades de Hollister y San Juan Bautista. Los vales Mainstream NED se diferencian de los vales Mainstreams originales en estos aspectos:

        • La persona con discapacidad no tiene que ser el cabeza de familia o cónyuge.
        • La persona con discapacidad lo hace tener entre 18 y 62 años.

Los solicitantes en las listas de espera de la Sección 8 del condado de Santa Cruz o Hollister/San Juan Bautista pueden beneficiarse de esta preferencia de lista de espera. Se ofrecerá asistencia a los solicitantes elegibles para la preferencia según la fecha de preferencia o el número de lotería. Si las listas de espera no contienen un número suficiente de hogares elegibles, la Autoridad de Vivienda puede abrir las listas para las personas elegibles para esta preferencia. Las personas elegibles incluyen aquellas que están en transición de instituciones, en grave riesgo de institucionalización, sin hogar o en riesgo de quedarse sin hogar.

Estado de la lista de espera: Fecha de colocación en revisión

Nota para los desarrolladores: esta sección se puede imprimir para su uso en solicitudes de financiamiento que requieran una declaración de la Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz con respecto al número de familias en las Listas de Espera.

A continuación se muestra el estado de las Listas de Espera de la Sección 8.

Lista de espera para el Condado de Santa Cruz
La lista de espera actualmente es: Cerrado
Hay 9.856 solicitantes en lista de espera.
La lista de espera tiene una preferencia de residencia parcial para vivir/trabajar para los hogares en los que vive o trabaja el cabeza de familia, cónyuge o pareja de hecho registrada, en el Condado de Santa Cruz.
Se están tomando solicitudes completas para familias en la lista de espera de 2018 con los siguientes números de lotería:
Solicitantes residentes: Lotería/Número de secuencia 2857 hasta 4840
Solicitantes no residentes: Lotería/Número de secuencia 668 hasta 1089
(Actualizado el: 18 de septiembre de 2023)

Lista de espera de Hollister/San Juan Bautista
La lista de espera actualmente es: Cerrado
Hay 8.002 solicitantes en lista de espera.
La lista de espera tiene una preferencia de residencia parcial para vivir/trabajar para los hogares en los que vive o trabaja el cabeza de familia, el cónyuge o la pareja de hecho registrada, en el condado de San Benito.
Se están tomando solicitudes completas para familias en la lista de espera de 2018 con los siguientes números de lotería:
Solicitantes residentes: Lotería/Número de secuencia 2062 hasta 5269
Solicitantes no residentes: Lotería/Número de secuencia 84 hasta 222
(Actualizado el: 18 de septiembre de 2023)

(Ve arriba)

Lista de espera Formulario de Estado

Todos los solicitantes de la Lista de espera deben notificar a la Autoridad de Vivienda dentro de los 30 días de cualquier cambio de dirección (ver a continuación); sin embargo, no es necesario informar a la Autoridad de Vivienda sobre los cambios en la composición de la familia mientras se encuentra en la Lista de Espera. Por favor use el Lista de espera Estado formulario para notificar a la Autoridad de Vivienda de cualquier cambio en su dirección mientras está en la Lista de Espera.

IMPORTANTE: Si una familia no responde cuando la Autoridad de Vivienda intenta comunicarse con la última dirección conocida, el nombre de la familia se eliminará de la Lista de espera. Si la familia se muda mientras está en la lista de espera, un Lista de espera Estado El formulario debe enviarse dentro de los 30 días posteriores a la mudanza.

Lista de espera Colocación Fecha y Confirmación

Una vez Previa a la solicitud es recibido e ingresado en la Lista de Espera, la familia recibirá una carta de Confirmación de la Lista de Espera notificando a la familia de su número de lotería y confirmando que la familia ha sido agregada exitosamente a la lista de espera. Dependiendo del volumen de solicitudes, el envío de esta confirmación puede demorar hasta varios meses. Nota: si no está seguro de estar en la lista y desea conocer su estado, complete un Lista de espera Formulario de Estado. Se le enviará una copia generada por computadora de la carta original que confirma que se recibió su solicitud previa y que se lo agregó a la lista de espera. La carta de confirmación será no decirle cuánto tiempo tiene que esperar.

Al llegar a la cima de la lista de espera

Cuando el nombre de la familia llega a la parte superior de la lista de espera, se envía una carta preguntando si la familia desea un paquete de solicitud inicial. La familia debe responder a esta carta antes de la fecha de vencimiento o su nombre será eliminado de la Lista de espera.

Las solicitudes iniciales se procesan cuando la familia presenta toda la información y los documentos solicitados. La familia puede asegurarse de que su solicitud se procese antes manteniendo todos los documentos actualizados y en un lugar seguro, listos para enviarlos cuando se les notifique.

Proceso de aplicación inicial

La solicitud inicial es larga y pide mucha información. Se anima a los solicitantes a ser lo más específicos y detallados posible. La elegibilidad del programa se basará en la información proporcionada por el solicitante a quien se le pedirá que certifique su veracidad (ver Violaciónes de programas y Fraude). Cuanto antes la familia proporcione a la Autoridad de Vivienda toda la información solicitada, antes se procesará la solicitud.

La Autoridad de Vivienda verificará de forma independiente toda la información presentada y puede ser informada de la información que un solicitante no haya presentado. Si luego se descubre que la familia no informó o cumplió con la solicitud en su totalidad, el vale podría rescindirse y se podría exigir a la familia que le devuelva a la Autoridad de Vivienda cualquier asistencia recibida a la que no tenía derecho. Es mejor sobre-declarar que sobre-declarar información. El personal de la Autoridad de Vivienda le informará si la información no se aplica.

La aplicación inicial se utiliza para:

  1. Recopilar información sobre la familia y su ingreso
  2. Determinar si la familia es elegible para recibir asistencia
  3. Calcular aproximadamente la cantidad de renta de la familia pagará
  4. Determinar el número de dormitorios de la familia es elegible para

Incluso después de que se procese la solicitud inicial, aún puede haber una larga espera antes de que haya un cupón disponible. En la mayoría de los casos, toma un promedio de seis meses desde el momento en que envía una solicitud inicial hasta el momento en que se le emite un comprobante. Sin embargo, los tiempos de espera pueden variar mucho dependiendo de la velocidad a la que los titulares de cupones actuales abandonen el programa. Por favor vea el Diagrama de flujo de aplicación inicial para obtener una descripción visual de los pasos del proceso de solicitud inicial con información sobre el tiempo promedio para cada paso del proceso. Tenga en cuenta: las regulaciones federales requieren que las verificaciones de elegibilidad no tengan más de 60 días en el momento en que se emite el Vale. Si hay demoras en la obtención de las verificaciones o en la emisión del comprobante, es posible que se deba volver a presentar la información.

Recordatorio importante acerca de la solicitud inicial

Nota: Asegúrese de que la Autoridad de Vivienda siempre tenga su dirección actual. Si se muda, envíe una Lista de espera para la forma de estado inmediatamente a la Autoridad de Vivienda. Si no podemos comunicarnos con usted por correo, se cancelará su solicitud.

Responda a todos los plazos de la Autoridad de Vivienda con prontitud.

La Autoridad de Vivienda solicitará ver las tarjetas originales del Seguro Social, los certificados de nacimiento y las identificaciones con fotografía. Asegúrese de tenerlos a mano para acelerar el proceso de solicitud inicial

(Ve arriba)

Recibir el Bono

Una vez que llegue al tope de la Lista de Espera y sea declarado elegible, todavía puede haber una larga espera. La familia es responsable de mantener informada a la Autoridad de Vivienda sobre cualquier cambio en sus ingresos o en la composición del hogar, incluso después de que ya se haya establecido la elegibilidad de ingresos. Además, la familia es responsable de cualquier depósito de seguridad requerido por un futuro arrendador y debe reservar fondos para pagar el depósito de seguridad, que por lo general equivale al menos a un mes de alquiler total.

La familia no debe tomar medidas para alquilar una unidad anticipando la recepción del comprobante; esto podría resultar en que la familia sea responsable de la totalidad del alquiler.

Cuando un cupón esté disponible, se invitará a la familia a una "reunión informativa", donde se explican las reglas del programa y se emite el cupón. La familia debe aceptar las normas y reglamentos relacionados con el vale y recibir más información sobre cómo funciona el programa, incluidos detalles sobre el monto del subsidio de la familia y el alquiler máximo que se puede pagar. Hay ciertas limitaciones con respecto a los alquileres que se cubren en la sesión informativa.

bono informativa

El gobierno federal requiere una "Reunión informativa sobre el vale" antes de que una familia pueda recibir su vale. Una sesión informativa dura aproximadamente una hora y media y no se permiten niños. Las sesiones informativas se llevan a cabo en grupos de 20 a 40 personas.

Las familias que lleguen tarde a la sesión informativa no podrán asistir a la sesión informativa. La sesión informativa es una presentación preestablecida que incluye información que las regulaciones federales requieren que la Autoridad de Vivienda cubra o no se puede emitir un comprobante. Si la familia llega tarde por causas ajenas a ella, se le notificará a la familia sobre una futura fecha de reunión informativa. Si la familia falta a dos sesiones informativas, se cancelará el cupón y se eliminará el nombre de la familia de la lista.

Después de que el personal de la Autoridad de Vivienda explique los requisitos del programa y cómo funciona, se pasará tiempo con las familias individualmente para analizar el tamaño de su Vale y el subsidio de alquiler en particular.

Paquete sesión informativa

En la sesión informativa, se entregará a cada familia un paquete informativo que contiene la información y los formularios requeridos.

Usando el Vale

Hay una cantidad limitada de tiempo para usar un cupón antes de que caduque, generalmente 60 días.

El gobierno federal requiere que la Autoridad de Vivienda se asegure de que todos los vales se utilicen rápidamente para ayudar al máximo número de familias. Si una familia no se muda rápidamente para usar su bono, hay miles de otras familias en la Lista de Espera que lo harán. La Autoridad de Vivienda no puede permitir que los vales no se utilicen; es importante que la familia ponga toda su atención y esfuerzo en buscar un alquiler que acepte el bono para que no caduque.

Leasing en Place

La forma más rápida de asegurarse de que no se pierda un vale es “alquilar en el lugar”, es decir, alquilarle al arrendador actual si ese arrendador aceptará el vale de la Sección 8. Una vez en el programa usando el cupón en su alquiler actual, la familia puede tomarse su tiempo para buscar otro alquiler sin que caduque el cupón”.

Encontrar un Alquiler

Si la familia no puede alquilar su unidad actual o debe encontrar un lugar para vivir, hay muchas maneras de encontrar una unidad de alquiler. Estos están cubiertos en la sesión informativa del cupón.

Una vez que se encuentra un alquiler adecuado y un arrendador dispuesto, la familia entrega al arrendador una Solicitud de Aprobación de Arrendamiento (RTA) para que la complete. El RTA se entrega al titular del cupón en la sesión informativa. Solo se emite un RTA a la vez. Si no se aprueba el alquiler presentado en el RTA actual, se emitirá otro RTA. La RTA le pide al arrendador información que la Autoridad de Vivienda necesitará para revisar el alquiler y ver si cumple con los requisitos del programa.

El personal de la Autoridad de Vivienda hablará con el arrendador y, una vez que todo esté de acuerdo, se programará una inspección. El alquiler debe cumplir con los Estándares Federales de Calidad de Vivienda (HQS). Para obtener más información, consulte Lista de verificación de HQS.

La familia no puede tener un interés económico personal en la propiedad ni ser beneficiario; tampoco el arrendador no puede ser un pariente de la familia excepto bajo ciertas condiciones limitadas para personas con discapacidades. El propietario no puede vivir en la unidad de alquiler con la familia.

Si no se encuentra un alquiler dentro del tiempo indicado en el comprobante, la familia debe solicitar una prórroga por escrito. No debe suponerse que se concederá una prórroga.

Necesidades especiales

Si es una persona con discapacidades y tiene necesidades especiales relacionadas con un programa de la Autoridad de Vivienda, consulte el Special Needs Q&A y el Necesidades especiales sección de la página Formularios.

Fraude programa

El gobierno federal y la Autoridad de Vivienda toman medidas contra quienes cometen fraudes en los programas, ya sean participantes de la Sección 8 o propietarios. La Autoridad de Vivienda ha establecido una unidad de Integridad del Programa específicamente para investigar y tomar medidas contra aquellos que cometen violaciones del programa. Por favor vaya a la sección de este sitio web en Fraude programa para obtener más información o denunciar un fraude.

¿Preguntas?

Para obtener respuestas a más de sus preguntas sobre la búsqueda de un lugar para alquilar, consulte nuestro preguntas y respuestas página.

(Ve arriba)

Project Based Voucher Program

INTRODUCCIÓN AL PROGRAMA DE CUPONES BASADOS EN PROYECTOS

El Programa de Vales Basados ​​en Proyectos (PBV) permite a una autoridad de vivienda que ya administra el Programa de Vales de Elección de Vivienda (HCV) basado en inquilinos con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) adjuntar los fondos a unidades de vivienda específicas. En el Programa HCV, la familia puede utilizar el bono para recibir asistencia para el alquiler en una unidad de su elección. En el Programa PBV, la familia debe vivir en la unidad PBV y la asistencia para el alquiler se paga al propietario en nombre de los inquilinos elegibles.

El Programa PBV tiene un Límite del programa, que limita la cantidad de vales que una autoridad de vivienda puede basar en proyectos. Debido a su designación como agencia de Traslado al Trabajo y las flexibilidades otorgadas a través de exenciones aprobadas por HUD, la Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz (HACSC) ha sido aprobada por HUD para realizar proyectos arriba a 50 por ciento de sus comprobantes autorizados o autoridad presupuestaria.

La base de proyectos brinda a los desarrolladores de viviendas asequibles una garantía de una fuente futura de ingresos estables para un proyecto, que puede ser parte integral del paquete de financiamiento que hace posible la construcción o rehabilitación de viviendas asequibles. La combinación de PBV con créditos fiscales para viviendas de bajos ingresos y otros fondos permite a la propiedad alquilar unidades a precios muy asequibles para inquilinos de bajos ingresos, sin dejar de proporcionar ingresos a precios de mercado al propietario. Esta combinación garantiza que estas propiedades y sus vecindarios circundantes se mantengan bien para las generaciones venideras. El compromiso de los PBV es una parte vital del financiamiento de viviendas asequibles.

HACSC puede proporcionar asistencia PBV para unidades en viviendas existentes o para viviendas recién construidas o rehabilitadas que se desarrollaron de acuerdo con un Acuerdo PBV para celebrar un Contrato de pagos de asistencia para la vivienda (AHAP) que se ejecutó antes del inicio de la construcción.

Cómo se benefician las familias de los vales basados ​​en proyectos

Subsidio más profundo. Algunas fuentes de financiación de viviendas asequibles solo garantizan que los proyectos sean asequibles para familias con un determinado nivel de ingresos, lo que significa que las unidades aún pueden ser demasiado caras para hogares de ingresos extremadamente bajos, personas con ingresos fijos o personas sin hogar. Los PBV permiten un nivel profundo de subsidio, lo que garantiza que la vivienda sea verdaderamente asequible, incluso para las familias de ingresos más bajos.

Unidades designadas para familias con vales. Muchas familias con vales basados ​​en inquilinos luchan por encontrar una unidad en el mercado de alquiler privado debido a la extrema escasez de viviendas y la reticencia de los propietarios a participar en el programa de vales. La escasez de viviendas disponibles hace que los vales para inquilinos a menudo expiren antes de que un hogar pueda conseguir una unidad, lo que resulta en la pérdida de la asistencia de los vales. Destinar vales a propiedades asequibles a través del programa PBV garantiza que esas unidades estarán disponibles exclusivamente para hogares con vales. Los PBV también ayudan a facilitar la producción de viviendas para poblaciones vulnerables, incluidos veteranos, personas con discapacidades, personas mayores y personas sin hogar, quienes a menudo son los que tienen más dificultades cuando intentan acceder a una vivienda en el mercado abierto.

Mejor acceso a vecindarios de altas oportunidades. Dado que el programa PBV promueve la construcción de viviendas asequibles en vecindarios de alta oportunidad y baja pobreza, las propiedades con PBV permiten que más hogares de bajos ingresos, a menudo incluidos niños, se beneficien de vecindarios ricos en servicios que probablemente tengan un fuerte acceso a las escuelas. parques, atención médica, empleos, transporte y otros activos que mejoran los resultados de la vida.

PARA PROPIETARIOS/PROMOTORES INTERESADOS EN SOLICITAR VALES BASADOS EN PROYECTOS

HACSC ha publicado una Solicitud de Propuestas (RFP) para PBV y actualmente está aceptando solicitudes de propietarios y desarrolladores.

La Autoridad de Vivienda también ha publicado el Guía del programa de cupones basado en proyectos del año fiscal 2023-24 de HACSC para propietarios/desarrolladores. Se anima a los solicitantes a utilizar la guía para familiarizarse con el programa PBV y las regulaciones aplicables.

Las propuestas de PBV podrán presentarse en cualquier momento del año. Todas las propuestas se calificarán según los criterios escritos establecidos por la Junta de Comisionados de HACSC y se publicarán en la página web de HACSC.

Haga clic en este enlace para acceder a la página web de solicitud de propuestas de vales basados ​​en proyectos de HACSC.

PROYECTOS QUE UTILIZAN VALES BASADOS EN PROYECTOS

HACSC ya tiene un número significativo de PBV dedicados a unidades de vivienda en todo el condado de Santa Cruz y el condado de San Benito, y muchos más están comprometidos condicionalmente con proyectos que están en desarrollo.

Haga clic en este enlace para obtener información sobre los proyectos que utilizan vales basados ​​en proyectos.

LISTA DE ESPERA Y ELEGIBILIDAD

En la mayoría de los casos, el Programa PBV utiliza la misma lista de espera que el Programa de Vales de Elección de Vivienda (HCV) basado en inquilinos. Sin embargo, algunas unidades PBV pueden tener listas de espera en el sitio. Haga clic en este enlace para ver todas las listas de espera basadas en el sitio. Si las unidades PBV no se llenan a través de ninguno de estos procesos, se ofrecen en base a referencias de un proveedor de servicios calificado o del Sistema de Entrada Coordinada de Continuum of Care local para personas sin hogar. Los titulares existentes de HCV pueden transferirse a una unidad PBV en desarrollos que utilizan una lista de espera combinada.

Cuando una unidad PBV esté disponible, la Autoridad de Vivienda enviará una carta a los titulares de HCV que estén buscando vivienda o a las principales familias en la lista de espera de HCV. La carta indicará a las familias interesadas que se comuniquen directamente con el propietario. Las familias en la lista de espera de HCV que rechacen una oferta de una unidad PBV o que sean rechazadas por el propietario no ser penalizado. Las familias no están obligadas a aceptar la oferta de una unidad PBV y conservarán la misma posición en la lista de espera de HCV. Sin embargo, las familias en una lista de espera del sitio que se determine que no son elegibles, rechacen la unidad o no respondan a un correo, serán eliminadas de esa lista de espera del sitio.

Las políticas de elegibilidad y selección del Programa HCV basado en inquilinos también se aplican al Programa PBV. Tenga en cuenta que el propietario puede establecer sus propios estándares de admisión, que pueden ser más estrictos que los requisitos de elegibilidad del Programa PBV.

REGLAS DEL PROGRAMA ESPECIAL

En muchos sentidos, el Programa PBV funciona como el Programa HCV basado en inquilinos. Bajo ambos programas, la familia asistida paga una parte de sus ingresos para el alquiler y la Autoridad de Vivienda paga parte o la totalidad del saldo restante directamente al propietario en nombre de la familia. Sin embargo, existen algunas reglas que difieren ligeramente en el Programa PBV. La siguiente lista no es exhaustiva y solo pretende resaltar las mayores diferencias entre los dos programas:

  • En el Programa HCV, los inquilinos pagan entre el 30% y el 40% de sus ingresos para el alquiler al momento de mudarse a una unidad, y pueden pagar incluso más si el propietario aumenta el alquiler más adelante. En el Programa PBV, los inquilinos solo pagar el 30% de sus ingresos para el alquiler.
  • En el Programa HCV, el bono está vinculado a la familia, por lo que las familias pueden mudarse a cualquier unidad elegible en la comunidad y recibir asistencia. En el programa PBV, el bono está vinculado a la unidad, por lo que las familias deben vivir en esa unidad específica para recibir la asistencia. Existen restricciones sobre cuánto tiempo debe vivir una familia en la unidad PBV antes de poder mudarse con asistencia continua para el alquiler.

Información para los participantes del Programa


participante en el programa
Cambios de Información a la Autoridad de Vivienda
Solicitar cambios en la composición del hogar
La eliminación de cualquier miembro del hogar
La adición de adultos
La adición de niños
Cómo informar cambios en sus ingresos:
Los aumentos de los ingresos familiares
Las disminuciones de los ingresos familiares
Recertificaciones Anuales:
“Get Ready” Carta
Paquete de Revisión Anual
Verificación de Ingresos de empleo
Verificación de Otros Ingresos y Beneficios
Verificación de los Activos
Tamaño de redeterminación de bono
Los cambios alquiler
Exámenes provisionales
inspecciones
Terminación de un contrato de arrendamiento
Desplazan dentro de la Zona - Transferencias
Moviendo fuera del Espacio - Portables
Programa de Vivienda Plus
Programa de Propietarios VHC
Necesidades especiales
Fraude programa
Procedimientos de audiencias informales
¿Preguntas?

participante en el programa

Una vez que alquila una unidad con asistencia de la Sección 8, se le considera un “participante” del programa. Debido a que puede perder su bono si no cumple con los requisitos del programa, debe conservar su Paquete sesión informativa en un lugar seguro y leer su Vale de vez en cuando para recordar los requisitos.

Más acerca de las reglas que rigen el programa se puede encontrar en www.hud.gov y al www.hacosantacruz.org/adminplan

A continuación se enumeran algunas de las áreas más comunes de problemas y preguntas de los participantes; sin embargo, este sitio web no cubre todas las reglas y regulaciones y para obtener respuestas definitivas debe discutir las áreas de interés con el personal de la Autoridad de Vivienda.

(Ve arriba)

Cambios de Información a la Autoridad de Vivienda

Debe informar todos los cambios en sus ingresos, bienes o composición del hogar a la Autoridad de Vivienda, como se describe a continuación. Además, debe proporcionar toda la información solicitada a la Autoridad de Vivienda de manera oportuna. Si se retrasa en proporcionar documentos, formularios o información a la Autoridad de Vivienda, es posible que se cancele su asistencia.

(Ve arriba)

Solicitar cambios en su composición del hogar

Todos los cambios en la composición de su hogar deben informarse de inmediato a la Autoridad de Vivienda. Algunos cambios requieren anterior aprobación o corre el riesgo de perder su vale. Las siguientes reglas se aplican al realizar cambios en la composición de su hogar.

La eliminación de cualquier miembro del hogar: Si algún miembro de su hogar se muda, debe notificar a la Autoridad de Vivienda por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de salida. Por favor complete el formulario Request to Remove Members from the Household y presentarlo a la Autoridad de Vivienda dentro de los 14 días posteriores a la partida del miembro. La Autoridad de Vivienda verificará la información y podrá realizar un reexamen provisional, si se justifica.

La adición de los miembros del hogar: Si desea agregar a alguien a su hogar, debe obtener la aprobación de la Autoridad de Vivienda. antes de permitiendo que la persona se mude. Por favor lea Cómo agregar nuevos miembros a su hogar para obtener más información sobre las restricciones.

los Añadir aplicación a los nuevos miembros del hogar debe completarse y enviarse a la Autoridad de Vivienda. Una vez que se reciba toda la información sobre la persona que se agrega, se realizará un examen provisional. Dependiendo del volumen de trabajo, puede llevar varias semanas procesar la aprobación. Recibirá una carta notificándole la aprobación y el cambio en su alquiler, si corresponde.

Agregar adultos: Si desea agregar un adulto a su hogar, debe solicitar permiso anticipado por escritoy recibir un permiso por escrito de la Autoridad de Vivienda antes de que el adulto adicional se mude. Utilice el Añadir aplicación a los nuevos miembros del hogar forma. La Autoridad de Vivienda llevará a cabo su evaluación de elegibilidad estándar en ese momento.

Se pueden agregar los siguientes adultos al hogar (si lo aprueba de antemano la Autoridad de Vivienda).

  • El hijo adulto del jefe de hogar.
  • El padre del jefe de hogar.

Se pueden agregar los siguientes adultos al hogar (si lo aprueba con anticipación la Autoridad de Vivienda), pero lo hará NO aumentar el tamaño del bono de la familia:

  • El cónyuge, pareja de hecho registrada o pareja del cabeza de familia.

Agregar niños: Si desea agregar un niño a su hogar, debe solicitar permiso anticipado por escrito, si es posibley recibir un permiso por escrito de la Autoridad de Vivienda antes de que el niño se mude allí. La Autoridad de Vivienda entiende que en algunos casos puede que no sea posible solicitar permiso por adelantado para la incorporación de un niño. En tales casos, DEBE notificar a la Autoridad de Vivienda dentro de los 14 días calendario posteriores a la incorporación del niño. Sin embargo, la Autoridad de Vivienda puede no aprobar la solicitud.

Los siguientes niños pueden agregarse al hogar.

  • Hijo biológico del jefe de hogar.
  • Hijo biológico del cónyuge o pareja de hecho registrada del cabeza de familia.
  • Niños agregados mediante adopción, colocación de crianza o custodia otorgada por un tribunal al cabeza de familia o al cónyuge o pareja de hecho registrada del cabeza de familia.

Los siguientes niños pueden agregarse al hogar, pero lo hará NO aumentar el tamaño del bono de la familia.

  • Hijo biológico de cualquier miembro existente del hogar, siempre y cuando la incorporación de ese niño no cause hacinamiento en la unidad.

Ningún otro adulto o niño puede mudarse a la unidad asistida, aparte de los específicamente identificados anteriormente..

Tenga en cuenta que si no proporciona la notificación adecuada y/o solicita permiso por adelantado con respecto a cualquier cambio en la composición de su familia, su asistencia para la vivienda puede cancelarse o usted puede ser responsable de devolver cualquier pago excesivo del subsidio causado por la información no declarada o violación.

(Ve arriba)

Notificar los cambios en sus ingresos

Debe notificar a la Autoridad de Vivienda por escrito dentro de los 14 días calendario de cualquier cambio en los ingresos de cualquier miembro del hogar. Por favor informe los cambios de ingresos con el Cambio ingreso Forma. No informar los cambios a tiempo a la Autoridad de Vivienda se considera una violación del programa y se puede cancelar su asistencia.

Se aplican las siguientes reglas al informar cambios en los ingresos de su familia:

Los aumentos de los ingresos familiares: Si los ingresos de algún miembro de la familia han aumentado, deberá notificarnos por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha del aumento. Por favor informe los cambios de ingresos con el Cambio ingreso forma.

Verificaremos la información que ha proporcionado y haremos los cambios necesarios en su asistencia de alquiler. Si hay un aumento en sus ingresos y no nos notifica por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha del aumento, se le exigirá que pague un aumento de alquiler retroactivo, efectivo el primer día del mes siguiente a la fecha del aumento de ingresos. Además, si no notifica a la Autoridad de Vivienda sobre cualquier cambio en los ingresos de su familia dentro del plazo requerido, es posible que se cancele su asistencia para la vivienda.

Las disminuciones de los ingresos familiares: Si los ingresos de algún miembro de la familia han disminuido, deberá notificarnos por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de la disminución. Por favor informe el cambio en los ingresos con el Cambio ingreso forma. Verificaremos la información que ha proporcionado y haremos los cambios necesarios en su asistencia de alquiler. Si no nos notifica por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de la disminución, su alquiler no reducirse retroactivamente. Además, si no notifica a la Autoridad de Vivienda sobre cualquier cambio en los ingresos de su familia dentro del plazo requerido, es posible que se cancele su asistencia para la vivienda.

(Ve arriba)

Anuales Recertificaciones

Al menos una vez al año, la Autoridad de Vivienda llevará a cabo una obligatorio reexamen para recertificar la composición de su hogar, sus ingresos, sus bienes y sus gastos permitidos.

El reexamen puede ocurrir en cualquier momento hasta 12 meses desde su ingreso al programa de la Sección 8 o su último reexamen.

“Get Ready Carta’: la Autoridad de Vivienda le enviará una carta de "prepárese" para avisarle unas semanas antes de que reciba su paquete de reexamen anual. Es importante revisar su correo con frecuencia durante su proceso de reexamen anual. No querrás correr el riesgo de que se cancele tu asistencia solo porque no estuviste disponible para recibir tu correo.

Paquete de Revisión Anual: una vez que reciba su paquete, tendrá un tiempo limitado para completar y devolver la documentación; por lo tanto, cuando reciba la carta de "prepárese", debe reunir la documentación original y actual de todos sus ingresos y activos (incluidos los recibos de pago, cartas de beneficios, extractos bancarios, etc.) No proporcionar los documentos dentro del plazo puede resultar en la terminación de su asistencia de vivienda.

El paquete de reexamen anual contendrá una carta de instrucciones y formularios solicitando la información necesaria para completar este proceso. Tendrá al menos dos semanas para completar y enviar los formularios y la documentación requeridos.

Verificación de Ingresos de empleo

Se le pedirá que proporcione documentación actual y original de sus ingresos, activos y otra información. Aquí hay una lista de documentos e información típicos que debe enviar:

Salario: se le pedirá que proporcione los tres recibos de sueldo consecutivos más recientes de todos los adultos empleados en su hogar. Al menos uno de los tres recibos de pago debe tener una fecha posterior a la fecha de la carta de “prepárate”.

Auto-empleo: si un miembro de su hogar trabaja por cuenta propia, se le pedirá que proporcione declaraciones de impuestos, formularios 1099 y/o declaraciones de pérdidas y ganancias de los doce meses más recientes.

Verificación de Otros Ingresos y Beneficios

Seguro Social y/o Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI): se le pedirá que presente todas las páginas de una carta de declaración de beneficios o aviso de acción original y actual para cualquier fuente de pensión del Seguro Social y/o Ingreso de Seguridad Suplementario que muestre la cantidad de beneficios que usted o un miembro de su hogar está recibiendo actualmente. La carta debe tener una fecha DESPUÉS de la fecha de la carta de “prepárate”. Para obtener una nueva carta de la Administración del Seguro Social, llámelos al 1-800-772-1213 o visite su sitio web en www.ssa.gov.

Otros beneficios: se le pedirá que envíe todas las páginas de una carta de declaración de beneficios o aviso de acción original y actual para cualquier tipo de asistencia monetaria o asistencia social, como asistencia temporal para familias necesitadas (TANF), anteriormente llamada asistencia para familias con hijos dependientes ( AFDC) o CALWORKS, que muestra todos los beneficios que usted o los miembros de su hogar están recibiendo actualmente. La carta debe tener una fecha DESPUÉS de la fecha de la carta de “prepárate”.

otra documentación: se le pedirá que presente documentación de cualquier otro ingreso que reciba cualquier miembro de su hogar.

Verificación de los Activos

Cuentas bancarias: se le pedirá que envíe todas páginas de un extracto bancario actual para todas las cuentas corrientes, de ahorro y de otro tipo. El estado de cuenta puede ser original o copia, pero debe incluir el nombre del titular de la cuenta, el número de cuenta, el saldo y el nombre y dirección del banco. Las declaraciones deben tener fecha dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la carta de “prepárate”.

Otros activos: para todos los demás activos (como acciones, bonos, certificados de depósito (CD) y otros activos, se le pedirá que proporcione estados de cuenta originales y actuales de la institución financiera. Los estados de cuenta deben estar fechados dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la carta de "prepárese".

Nota: la Autoridad de Vivienda puede verificar de forma independiente la información que usted envíe. También hay fuentes disponibles para la Autoridad de Vivienda que pueden indicar información que usted no ha enviado. Si más tarde se descubre que usted no informó completamente o no cumplió con la solicitud, su vale podría cancelarse y usted podría ser responsable del subsidio de alquiler pagado en su nombre por la Autoridad de Vivienda.

Es mejor declarar información en exceso que declarar menos. El personal de la Autoridad de Vivienda le informará si la información que ha proporcionado no corresponde.

Debe responder a todas las solicitudes de información de la Autoridad de Vivienda antes de las fechas de vencimiento establecidas, o podría perder su asistencia de vivienda.

Cuanto antes envíe toda la información solicitada a la Autoridad de Vivienda, antes podremos completar su recertificación y notificarle cualquier cambio en su parte del alquiler.

Tamaño de redeterminación de bono

El tamaño de su vale se volverá a determinar en su reexamen anual. Los cambios en el tamaño del vale afectan el nivel de subsidio que recibe. Por lo tanto, si el tamaño de su vale se reduce por cualquier motivo, incluida la disminución en la composición de su familia, su parte del alquiler podría aumentar sustancialmente.

(Ve arriba)

Los cambios alquiler

Su parte del alquiler puede cambiar por varias razones: sus ingresos o la composición de su hogar han cambiado; su arrendador está solicitando un cambio en el alquiler o las normas de subsidio o las normas de pago de la Autoridad de Vivienda han cambiado.

Recibirá una carta que describe los motivos de cualquier cambio en el alquiler, pero dependiendo del motivo, las fechas de presentación de informes o los retrasos en la verificación, la carta que le informa sobre el cambio en el alquiler puede requerir que esté preparado para pagar un aumento de alquiler retroactivamente.

Es posible que reciba un aviso con menos de treinta días de antelación sobre los resultados de su reexamen anual y cualquier cambio en su parte del alquiler. Si sus ingresos han aumentado, su subsidio tal vez se reduzca; Si es así, debería estar preparado para pagar más por su parte del alquiler y reservar fondos en consecuencia.

Puede calcular una aproximación de cuál será su alquiler calculando el 30% de los ingresos de su hogar. Asegúrese de reservar esta cantidad hasta que reciba la carta que le indique el monto exacto de su parte del alquiler.

(Ve arriba)

Provisional de la repetición del examen

Si los cambios que usted informa causan un cambio en su parte del alquiler, se realizará un examen provisional. La información requerida para un examen provisional es similar a la solicitada para un Anual Re-examen (ver arriba) pero puede tener un alcance más limitado. Una vez completado el examen provisional, recibirá un aviso de cambio de alquiler.

Por favor mira Los cambios alquiler arriba con respecto al momento del cambio y la carta notificándole.

Dependiendo del momento y/o del alcance de los cambios que usted informe, un reexamen provisional puede cambiarse a una recertificación anual.

Para obtener más información, consulte arriba o el Reporting Changes Q&A.

(Ve arriba)

inspecciones

La Autoridad de Vivienda llevará a cabo inspecciones anuales de Estándares de Calidad de Vivienda (HQS) para la casa o apartamento en el que vive con su asistencia de vivienda; La lista de verificación para la inspección anual de HQS es similar a la inspección inicial.

Para obtener respuestas a las preguntas más comunes sobre inspecciones y recertificaciones, visite aquí.

Cada unidad de alquiler debe pasar una inspección anual por parte de la Autoridad de Vivienda. Para obtener más información, consulte nuestra Inspection Q&A. La Autoridad de Vivienda inspecciona los Estándares de Calidad de Vivienda (HQS) de HUD. Ver el Las inspecciones de HQS Check List.

El propietario puede optar por estar presente en cualquier inspección. Si se encuentran deficiencias, se notifica al propietario por escrito y se le da un tiempo determinado para realizar las reparaciones. Si no se realizan las reparaciones, la asistencia de vivienda no puede continuar y es posible que deba mudarse. Si eres el causante de la deficiencia, puedes perder tu bono.

(Ve arriba)

Terminación de un contrato de arrendamiento

Si desea mudarse, debe verificar los términos de su contrato de arrendamiento para asegurarse de que no infrinja los términos del contrato al mudarse. También debe darle al propietario la notificación adecuada según su contrato de arrendamiento. Si tiene la intención de permanecer en el programa de la Sección 8 y utilizar su vale, debe recibir la aprobación previa de la Autoridad de Vivienda mediante la presentación de un Formulario de solicitud de transferencia (ver a continuación).

Si viola los términos de su contrato de arrendamiento, el propietario puede tomar cualquier medida, incluido el desalojo, de acuerdo con la ley y los términos del contrato de arrendamiento. También puedes perder tu bono si te desalojan con causa justificada.

El arrendador puede abandonar el programa al final de cualquier plazo de arrendamiento. Si está al día y no tiene violaciones del contrato o del programa, puede usar su vale para encontrar otro alquiler.

(Ve arriba)

Moverse dentro del área – Traslados

Mudarse a una nueva unidad dentro del condado de Santa Cruz (o ciudad, en el caso de Hollister o San Juan Bautista) se denomina “transferencia”. (Si desea mudarse fuera del área, consulte a continuación Moverse fuera del área – Portátiles.) Si se muda de su unidad sin notificar a la Autoridad de Vivienda, su vale puede ser cancelado.

Si el propietario le avisa para mudarse, debe notificar a la Autoridad de Vivienda de inmediato y proporcionar una copia del aviso.

Una vez que se haya mudado de su unidad con la aprobación de la Autoridad de Vivienda, tendrá solo 60 días para encontrar otra unidad de alquiler aprobada.

Si desea transferirse, debe solicitar la aprobación de la Autoridad de Vivienda antes de mudarse completando un Transfer Request Form. La Autoridad de Vivienda no le dará aprobación si usted le debe dinero.

Debe estar al final del plazo de su contrato de arrendamiento (verifique su contrato de arrendamiento para determinar si tiene un plazo fijo o mes a mes en el momento en que desea mudarse) o que su arrendador acepte que usted puede mudarse antes del final del su contrato de arrendamiento.

Cuando se mude, el tamaño de su vale se determinará de acuerdo con el tamaño de su hogar y los estándares actuales de subsidio de la Autoridad de Vivienda que rigen la cantidad de habitaciones permitidas. Es posible que los estándares de subsidio hayan cambiado y que se le emita un cupón de diferente tamaño cuando se mude.

Una vez que la Autoridad de Vivienda apruebe su transferencia, se le enviará un "Paquete de transferencia". El paquete contendrá una Solicitud de aprobación de arrendamiento que deberá entregarle al nuevo propietario. Por favor ve al Information for New Voucher Holders en este sitio web para obtener información sobre cómo encontrar un nuevo alquiler y enviar una Solicitud de aprobación de arrendamiento.

Una vez que la Autoridad de Vivienda inspeccione y apruebe una nueva unidad de alquiler y usted se haya mudado, debe devolver de inmediato las llaves de su unidad anterior al propietario y obtener un recibo. En caso de una disputa con respecto a su fecha de desalojo, es posible que necesite un recibo que indique la fecha en que devolvió las llaves. La Autoridad de Vivienda no pagará el subsidio de alquiler de dos unidades, por lo tanto, debe tomarse el menor tiempo posible para mudarse de una unidad a la otra una vez que se obtenga la aprobación.

Para obtener más información, consulte nuestra Transfer Q&A.

(Ve arriba)

Moverse fuera del área – Portátiles

Bajo el programa de Vales de Elección de Vivienda, las familias pueden mudarse con su vale de asistencia a otra área. Esto se llama "portabilidad" o "portabilidad".

Existen restricciones sobre cuándo puede realizar la portabilidad. Antes de decidirse a realizar la portabilidad, lea el Boletín Informativo sobre Portabilidad dentro del Programa de la Sección 8 haciendo clic en aquí.

Si decide trasladarse a otra área, debe solicitar permiso antes de mudarse completando un Formulario de Solicitud portátil.

En el Formulario de Solicitud Portátil, identificará el área a la que desea mudarse. La Autoridad de Vivienda se comunicará con la autoridad de vivienda de esa área y les informará que usted desea “portarse”. La nueva autoridad de vivienda debe confirmar que está recibiendo los vales antes de que usted pueda trasladarse a esa localidad.

Tanto la autoridad de vivienda actual y la autoridad de vivienda que recibe debe dar su aprobación antes de puedes portar.

La autoridad de vivienda a la que se mudará tendrá sus propias políticas y restricciones que pueden ser diferentes a las de su autoridad de vivienda actual. Deberá comunicarse con la nueva autoridad de vivienda para averiguar qué restricciones podría tener.

El proceso de transferencia de documentos, obtención de aprobaciones y que la nueva autoridad de vivienda le emita un vale puede llevar mucho tiempo. Debe esperar sus aprobaciones antes de mudarse o podría perder su bono.

Para obtener más información, consulte nuestra Portability Q&A.

(Ve arriba)


Programa de Vivienda Plus

El programa Housing Plus permite a las familias ahorrar dinero mientras persiguen sus objetivos de autosuficiencia y aumentan sus ingresos. Para obtener más información, consulte nuestro Housing Plus Q&A.

Housing Choice Voucher Homeownership Program

Si cumple con los requisitos del programa, puede tener la opción de utilizar su Vale de Elección de Vivienda para ayudar a comprar una casa. Para obtener más información, lea nuestra HCV Homeownership Q&A y ver la sección del VHC de la página Formularios. Además, visite el sección de propiedad de vivienda de nuestro sitio para obtener más información sobre programas para compradores de vivienda por primera vez.

Necesidades especiales

Si es una persona con discapacidades y tiene necesidades especiales relacionadas con un programa de la Autoridad de Vivienda, consulte el Special Needs Q&A y el sección necesidades especiales de nuestra página de Formularios.

Fraude programa

El gobierno federal y la Autoridad de Vivienda toman medidas contra quienes cometen fraudes en los programas, ya sean participantes de la Sección 8 o propietarios. La Autoridad de Vivienda ha establecido una unidad de Integridad del Programa específicamente para investigar y tomar medidas contra aquellos que cometen violaciones del programa. Por favor vaya a la sección de este sitio web en Fraude programa para obtener más información o denunciar un fraude.

(Ve arriba)

Procedimientos de audiencias informales

Cuando usted puede solicitar una audiencia informal

La Autoridad de Vivienda brindará a los participantes del programa la oportunidad de solicitar una audiencia informal para considerar si las siguientes determinaciones están de acuerdo con la ley, las regulaciones de HUD y/o las reglas de la Autoridad de Vivienda, en los siguientes casos:

  1. Los ingresos anuales o ajustados de la familia y el uso de dichos ingresos para calcular el pago de asistencia para la vivienda.
  2. El subsidio de servicios públicos apropiado (si corresponde) para los servicios públicos pagados por el inquilino del programa de subsidios de servicios públicos de la Autoridad de Vivienda.
  3. El tamaño de la unidad familiar según los estándares de subsidio de la Autoridad de Vivienda.
  4. Terminación de la asistencia para una familia participante debido a la acción o falta de acción de la familia.
  5. Terminación de la asistencia porque la familia participante ha estado ausente de la unidad asistida por más tiempo que el período máximo permitido según la política de la Autoridad de Vivienda y las reglas de HUD.

For information regarding how to request an informal hearing, please see the Hearing and Appeals Q&A, included in this packet.

¿Preguntas?

Para obtener respuestas a más preguntas, llame a la Autoridad de Vivienda al 831-454-5955.

Information for New Voucher Holders

La información en esta sección está dirigida a quienes recientemente recibieron su Vale y están en el proceso de buscar o arrendar una unidad de alquiler. Para obtener información general sobre el programa de Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) o cómo solicitarlo, visite Información para los solicitantes potenciales. Para obtener información para aquellos que ya están en el programa de la Sección 8, visite Information for Current Participants.

Nota a los titulares de Nueva Vale: la siguiente información le fue proporcionada en su sesión informativa. La información de esta página web se puede utilizar para revisar o reemplazar la información general que se le proporcionó al momento de recibir su bono. La información sobre su bono específico no está disponible a través de este sitio web. Llame al 831-454-5977 para obtener más información sobre su bono.

Asistir el Vale informativa
Arrendatario de paquetes reunión informativa-Inicial
Su plazo o Selección de Vivienda
Política de suspensión de vales
Cosas a considerar al elegir una Unidad de Leasing
Donde puede arrendar una Unidad
Normas de subsidios
Depósito de seguridad Información para el inquilino
Proporcionar información a los propietarios inquilino
Cómo presentar su solicitud de aprobación de arrendamiento
Cambios de Información a la Autoridad de Vivienda
Obligaciones de la Familia
Razones para la terminación de la asistencia para la vivienda
Equidad de Vivienda - Es su derecho
Búsqueda de vivienda
En lugar de arrendamiento
AffordableHousing.com
Formulario de Cálculo alquiler
Tabla de Asignación de servicios públicos
Payment Standards
Lista de verificación de los estándares de calidad de vivienda
Guía inquilino Reanudar
Más recursos:
Familia lista de contactos
Solicitud de Extensión de vales
Fraude programa
Información adicional y formularios incluidos en el Paquete informativa
¿Preguntas?

Asistir el Vale informativa

Cuando un bono esté disponible, se le invitará a una "sesión informativa" donde se explican las reglas del programa. El gobierno federal exige una “Reunión informativa sobre el vale” antes de que pueda recibir su vale. Completar una sesión informativa puede llevar entre una hora y media y dos horas. Se recomienda disponer de un lugar tranquilo para completar la sesión informativa.

La sesión informativa es una presentación preestablecida que incluye información que las regulaciones federales exigen que cubra la Autoridad de Vivienda. Si no puede completar la sesión informativa en la fecha límite que le dieron, sin que sea culpa suya, se le notificará una fecha límite futura para la sesión informativa. Si no cumple con dos fechas límite para las sesiones informativas, su cupón será cancelado y su nombre será eliminado de la lista de espera.

Después de completar su sesión informativa sobre el vale y enviar el documento de Certificación de la sesión informativa inicial del Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8 completo y firmado a la Autoridad de Vivienda, certificando que ha completado la sesión informativa y recibido y revisado todos los materiales informativos, se le brindará la oportunidad de preguntar al personal. cualquier pregunta restante sobre cómo funciona el programa. Luego, se le enviará su comprobante por correo para que lo firme. Debe devolver el comprobante firmado a la Autoridad de Vivienda antes de recibir la Solicitud de aprobación de arrendamiento. Debe aceptar las reglas y regulaciones relacionadas con el bono. Existen ciertas limitaciones con respecto a los alquileres que se cubren en la sesión informativa.

(Ve arriba)

Información inquilino - Paquete de resumen inicial

Plazo de su vivienda vale

Su Vale de Elección de Vivienda es válido por al menos sesenta (60) días calendario. Durante este tiempo, debe encontrar una unidad adecuada donde el propietario esté dispuesto a participar en el programa y debe presentar la Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA) que se le proporcionó después de que la Autoridad de Vivienda recibió su vale firmado. (Nota: solo hay disponible un RTA de muestra a través de este sitio web; se debe utilizar un RTA original para enviar una unidad para su aprobación y se puede obtener llamando al (831)454-5977)

Cuando haya encontrado una unidad que desee alquilar y el propietario esté dispuesto a participar en el programa de la Sección 8, deberá presentar su Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA). Este formulario debe ser completado y firmado por usted y el propietario. Si la RTA está completa y cumple con todos los requisitos, la Autoridad de Vivienda programará una Inspección de los Estándares de Calidad de la Vivienda en la unidad. Se le notificará lo antes posible sobre los resultados de la inspección. Si la unidad pasa la inspección, usted y el propietario firmarán un contrato de arrendamiento. (proporcionado por el propietario) y un Adición de arrendamiento emitido por la Autoridad de Vivienda. El anexo del contrato de arrendamiento contendrá su parte del alquiler.

Si su Vale de Elección de Vivienda está a punto de vencer, puede presentar una solicitud por escrito para una extensión en el formulario de solicitud de búsqueda de vivienda Extensión, o en el vestíbulo de nuestra oficina. Dichas solicitudes deben recibirse al menos cinco (5) días calendario antes de la fecha de vencimiento de su bono.

También debe incluir su completado Familia lista de contactos (ubicado en el paquete informativo). La Autoridad de Vivienda revisará la solicitud de cada familia para evaluar los esfuerzos realizados para encontrar una unidad de alquiler y cualquier problema que esté causando el retraso en la búsqueda de una vivienda adecuada. Si se permite una extensión, la Autoridad de Vivienda puede otorgar una extensión que no exceda un total de sesenta (60) días. Si su Vale de Elección de Vivienda vence, se cancelará su solicitud de asistencia de vivienda a través del Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8.

Advertencia: La Autoridad de Vivienda tiene una cantidad limitada de fondos para administrar el Programa de Vales de Elección de Vivienda de la Sección 8. Por lo tanto, aunque se le ha dado una fecha límite para encontrar una unidad y comenzar a participar en el programa, la Autoridad de Vivienda no puede garantizar que habrá fondos disponibles para ayudarlo mientras ubica una unidad. Por lo tanto, le conviene encontrar una unidad aceptable lo antes posible, para maximizar sus posibilidades de comenzar su asistencia de alquiler.

(Ve arriba)

Política de suspensión de vales

Si la Autoridad de Vivienda determina que no hay fondos suficientes para celebrar contratos HAP adicionales, y/o fondos insuficientes para los contratos HAP que ya están vigentes, la Autoridad de Vivienda suspenderá los vales de la siguiente manera. Antes de retrasar o suspender la asistencia de cualquier solicitante o participante (familias bajo contrato), la Autoridad de Vivienda primero tomará todas y cada una de las medidas administrativas disponibles para remediar la situación.

  1. A los solicitantes a quienes se les hayan emitido vales pero que aún no hayan alquilado una unidad se les suspenderán los vales hasta que haya fondos disponibles.
  2. Si los fondos aún son insuficientes, a los participantes que se encuentren en medio de una transferencia y no hayan alquilado una nueva unidad se les suspenderá el vale de transferencia hasta el momento en que los fondos estén disponibles.
  3. Como último recurso, si los fondos aún son insuficientes, la Autoridad de Vivienda suspenderá los contratos de los participantes del programa existente, comenzando con las familias admitidas más recientemente en el programa.

Cuando haya fondos disponibles, la asistencia se restablecerá en el siguiente orden:

  1. A las familias recientemente admitidas cuyos contratos se les suspendieron (n.º 3, arriba) se les restablecerá la asistencia primero.
  2. A los participantes que estaban en medio de una transferencia (n.º 2, arriba) se les restablecerá la asistencia en segundo lugar.
  3. A los solicitantes a quienes se les había emitido un vale inicial pero que aún no habían alquilado (n.º 1, arriba) se les restablecerá la asistencia en último lugar.

(Ve arriba)

Cosas a considerar al elegir una Unidad de Leasing

Condición

Tener un buen lugar para vivir es importante. Usted es libre de elegir la vivienda que desee, siempre que cumpla con ciertos requisitos de HUD conocidos como Estándares de Calidad de Vivienda (HQS). Lea el folleto adjunto titulado “Un buen lugar para vivir”. Explica el propósito de HQS y la inspección de HQS. Si la unidad no pasa la inspección, el propietario tendrá solo una oportunidad de llevar la unidad a los estándares HQS. El tiempo indicado en su bono seguirá corriendo. Si las reparaciones demoran demasiado o si la unidad no pasa una segunda inspección y su bono ha caducado, su bono será cancelado, por lo tanto, es importante que seleccione un alquiler que esté en buenas condiciones.

alquiler razonabilidad

El propietario no debe cobrar más alquiler por la vivienda (unidad) que los alquileres cobrados por unidades comparables en el mercado privado. Los alquileres comparables son monitoreados por la Autoridad de Vivienda y se utilizarán para determinar la razonabilidad del alquiler. Si el alquiler solicitado supera los alquileres comparables, el alquiler es demasiado alto. Tendrá que negociar un alquiler más bajo o buscar otra unidad.

Ubicación

Al seleccionar una unidad de alquiler, debe considerar la seguridad del vecindario y si la unidad está cerca del transporte público, centros de empleo, escuelas, tiendas, etc.

Costo de Servicios Básicos / Eficiencia Energética

Depending on your lease agreement, you may be responsible for payment of some or all of the utilities of your rental unit. To keep costs as low as possible, rental units should be energy-efficient. P. G. & E recommends that you consider items such as:

  • Electrodomésticos que ahorran energía
  • Fuente de calefacción: el calor eléctrico es el tipo de calor más caro
  • Se deben considerar las siguientes medidas de conservación:
    • aislamiento del techo a R-19
    • calafateo alrededor de ventanas, puertas y cualquier lugar donde entre y salga aire
    • burletes alrededor de ventanas y puertas
    • conductos de calor y refrigeración envueltos con una envoltura de conducto o cinta adhesiva para conductos
    • cabezal de ducha de ahorro de energía
    • manta de aislamiento alrededor del calentador de agua

Limitaciones de propiedad

Usted, ni ningún miembro de su hogar, puede ser propietario o tener algún interés en la propiedad o ser beneficiario; el propietario no puede ser pariente de ningún miembro de la familia, excepto bajo ciertas condiciones limitadas para personas con discapacidades. El propietario no puede vivir en la unidad de alquiler con usted y su familia.

(Ve arriba)

Donde puede arrendar una Unidad

Una de las principales prioridades de HUD es mejorar las opciones de vivienda para familias de bajos ingresos. El programa de la Sección 8 no restringe el lugar de la ciudad, condado, estado o país en el que puede vivir. Sin asistencia para el alquiler, las familias con bajos ingresos suelen verse limitadas a zonas de alta pobreza. Si vive en una zona así, ahora tiene los medios para mudarse y se le anima a hacerlo.

Salir de áreas de alta pobreza o pocas oportunidades ofrece ventajas significativas. Mudarse le permitirá seleccionar una unidad dentro de un vecindario que ofrezca las comodidades que desea. Las ventajas de mudarse a un vecindario con menos pobreza a menudo incluyen mayor seguridad, mejores escuelas para niños, proximidad a empleos u oportunidades laborales, viviendas de mejor calidad, propietarios más receptivos, mejor acceso al transporte, guarderías y otros servicios vecinales.

Los propietarios pueden agregar una unidad de alquiler a nuestra lista Referencia Alquiler yendo a Vivienda asequible. Esta lista se mantiene por tamaño de dormitorio e incluye información adicional sobre características de accesibilidad, si dicha información es publicada por el propietario. Para ayudarle en su búsqueda de vivienda, vaya a Vivienda asequible para información. Si tiene necesidades de vivienda especiales relacionadas con una discapacidad y necesita ayuda para localizar una unidad que satisfaga sus necesidades, llame al 831-454-9455, 286.

Seleccionar la ubicación de su primera unidad HCV de la Sección 8

Puede arrendar una unidad en cualquier lugar dentro de la jurisdicción del Vale HCV que recibió, como se explica en la presentación informativa.

Si está interesado en arrendar una unidad en una ubicación diferente, fuera de la jurisdicción del bono que recibió, consulte la Portability Q&A. Portabilidad o portabilidad es un término utilizado para transferir su asistencia a otra ubicación. Además, la siguiente es una lista de agencias de vivienda vecinas con las que puede comunicarse si está considerando trasladarse fuera del área. Tenga en cuenta que existen criterios de elegibilidad estrictos con respecto a
elegibilidad para “portar fuera” de la jurisdicción.

Autoridad de Vivienda del Condado de Alameda
22941 Calle Atherton
Hayward, CA 94541-6613
(510) 445-8946

Autoridad de Vivienda del Condado de Monterey
Calle Rico 123
Salinas, CA 93907
(831) 424-2892

Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Clara
505 Calle Julián Oeste
San José, CA 95110
(408) 993-2974

Autoridad de Vivienda del Condado de San Mateo
264 bulevar del puerto. Edificio. A
Belmont, CA 94002
(650) 802-3300

Autoridad de Vivienda de Oakland
1619 Calle Harrison
Oakland, CA 94612
(510) 874-1550

Autoridad de Vivienda del Condado de Merced
Calle “U” 405
Merced, CA 95340
(209) 722-3501

Recuerde que es posible que no tenga que moverse en absoluto. Si le gusta la unidad en la que vive actualmente y su arrendador está dispuesto a participar en el Programa HCV de la Sección 8, es posible que pueda comenzar a recibir asistencia para el alquiler de la unidad en la que ya vive. Consulte a continuación “Arrendamiento vigente”.

(Ve arriba)

Normas de subsidios

La Autoridad de Vivienda determina el tamaño de su vale según la composición de su familia y un conjunto de estándares de subsidio. Los estándares de subsidio determinan el tamaño del bono de la siguiente manera. Al hogar se le asigna un dormitorio para el jefe de hogar y su cónyuge o pareja de hecho. Además, al hogar se le concede un dormitorio adicional por cada dos miembros adicionales del hogar, independientemente de su edad o sexo.

Las normas deben prever el menor número de dormitorios necesario para albergar a una familia evitando al mismo tiempo el hacinamiento. Este método sólo se utiliza para determinar el tamaño del vale asignado al hogar. El hogar podrá distribuir el total de habitaciones entre los miembros del hogar de la forma que elija.

Los estándares de subsidio pueden cambiar con el tiempo. Si se muda a una unidad diferente, volveremos a determinar el tamaño de su vale según los estándares de subsidio actuales. Además, si agrega o elimina miembros de su hogar, aplicaremos los estándares de subsidio actuales en su próximo reexamen anual para determinar el tamaño del vale para el que su familia es elegible.

La Autoridad de Vivienda puede otorgar una excepción a los estándares de subsidio si determina, caso por caso, que la excepción está justificada por salud, discapacidad u otras circunstancias extremas. Las solicitudes de excepciones al tamaño del vale deben realizarse por escrito a la Autoridad de Vivienda. Por favor mira Special Needs Q&A para más información.

(Ve arriba)

Depósito de seguridad Información para el inquilino

El propietario puede exigirle que dé un depósito de seguridad. El arrendador podrá cobrar un depósito de garantía equivalente al cobrado en el mercado privado. Usted es responsable del monto total del depósito de seguridad. Asegúrese de que este monto esté ingresado en su formulario de Solicitud de aprobación de arrendamiento. La devolución del depósito de seguridad al finalizar su contrato de arrendamiento es entre usted y su arrendador.

(Ve arriba)

Proporcionar información a los propietarios inquilino

Si se solicita, la Autoridad de Vivienda debe proporcionar información del posible propietario sobre la dirección actual de la familia y el nombre y dirección del propietario actual y anterior de la familia, si se conoce. El arrendador debe solicitar esta información por escrito.

(Ve arriba)

Cómo presentar su solicitud de aprobación de arrendamiento

Cuando haya encontrado una unidad que le gustaría alquilar, se requiere lo siguiente:

  • Usted ha inspeccionado la unidad y cumple con su aprobación (consulte el folleto “Un buen lugar para vivir”).
  • El propietario está dispuesto a aceptar el programa de la Sección 8.

Tanto usted como el propietario ya están listos para completar la Solicitud de aprobación de arrendamiento. Este formulario debe ser completado y firmado por usted y el propietario.
Una vez que haya completado el formulario, envíelo por correo, fax o entrega a

Housing Authority of the County of Santa Cruz
2160 Avenida 41
Capitola, CA 95010-2040

Si la Solicitud de aprobación de arrendamiento está completa y cumple con todos los requisitos, la Autoridad de Vivienda programará una Inspección de estándares de calidad de vivienda en la unidad. Se le notificará lo antes posible sobre los resultados de la inspección. Si la unidad pasa la inspección, usted y el propietario firmarán un contrato de arrendamiento. El anexo del contrato de arrendamiento de la Autoridad de Vivienda contendrá su parte del alquiler.

Si hay problemas con la Solicitud de aprobación de arrendamiento, si la unidad no pasa la inspección o si no se determina que el alquiler cobrado por el propietario es razonable, deberá buscar otra unidad. Se le notificará lo más rápido posible cuando haya problemas con su solicitud.

Podrá pagar su parte del alquiler del primer mes tan pronto como reciba la confirmación oficial de que:

  1. la unidad ha pasado la inspección y
  2. la Autoridad de Vivienda ha dado permiso para entrar y
  3. el propietario ha firmado el contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda (HAP) con la Autoridad de Vivienda.

Si el propietario le permite mudarse antes de que se hayan cumplido las tres condiciones anteriores, tenga en cuenta que si el propietario no firma el contrato HAP, usted podría ser responsable del monto total del alquiler.

La Autoridad de Vivienda pagará su parte del alquiler del primer mes después de la ejecución del contrato con el propietario y el primer día del mes siguiente.

(Ve arriba)

Cambios de Información a la Autoridad de Vivienda

Debe informar todos los cambios en sus ingresos, bienes o composición del hogar a la Autoridad de Vivienda, como se describe a continuación. Además, debe proporcionar toda la información solicitada a la Autoridad de Vivienda de manera oportuna. Si se retrasa en proporcionar documentos, formularios o información a la Autoridad de Vivienda, es posible que se cancele su asistencia. Por favor ve a Información para los participantes en el programa para más información.

Solicitud de cambios en su composición del hogar

Las siguientes reglas se aplican al realizar cambios en la composición de su hogar.

La eliminación de cualquier miembro del hogar: Si algún miembro de su hogar se muda, debe notificarnos por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de salida.

Agregar adultos: Si desea agregar un adulto a su hogar, debe solicitar permiso anticipado por escritoy recibir un permiso por escrito de la Autoridad de Vivienda antes de que el adulto adicional se mude. La Autoridad de Vivienda llevará a cabo su evaluación de elegibilidad estándar en ese momento.

Se pueden agregar los siguientes adultos al hogar (si lo aprueba de antemano la Autoridad de Vivienda).

  • El hijo adulto del jefe de hogar.
  • El padre del jefe de hogar.

Se pueden agregar los siguientes adultos al hogar (si lo aprueba con anticipación la Autoridad de Vivienda), pero no va a aumentar el tamaño del bono de la familia.

      • El cónyuge, pareja de hecho registrada o pareja del cabeza de familia.

Agregar niños: Si desea agregar un niño a su hogar, debe solicitar permiso anticipado por escrito, si es posibley recibir un permiso por escrito de la Autoridad de Vivienda antes de que el niño se mude allí. La Autoridad de Vivienda entiende que en algunos casos puede que no sea posible solicitar permiso por adelantado para la incorporación de un niño. En tales casos, DEBE notificar a la Autoridad de Vivienda dentro de los 14 días calendario posteriores a la incorporación del niño. Sin embargo, la Autoridad de Vivienda puede no aprobar la solicitud.

Los siguientes niños
se puede agregar al hogar.

      • Hijo biológico del jefe de hogar.
      • Hijo biológico del cónyuge o pareja de hecho registrada del cabeza de familia.
      • Niños agregados mediante adopción, colocación de crianza o custodia otorgada por un tribunal al cabeza de familia o al cónyuge o pareja de hecho registrada del cabeza de familia.

Los siguientes niños pueden agregarse al hogar, pero lo hará NO aumentar el tamaño del bono de la familia.

      • Hijo biológico de cualquier miembro existente del hogar, siempre y cuando la incorporación de ese niño no cause hacinamiento en la unidad.

Ningún otro adulto o niño puede mudarse a la unidad asistida, aparte de los específicamente identificados anteriormente..

Tenga en cuenta que si no proporciona la notificación adecuada y/o solicita permiso por adelantado con respecto a cualquier cambio en la composición de su familia, su asistencia para la vivienda puede cancelarse o usted puede ser responsable de devolver cualquier pago excesivo del subsidio causado por la información no declarada o violación.

Notificar los cambios en sus ingresos

Debe notificar a la Autoridad de Vivienda por escrito dentro de los 14 días calendario de cualquier cambio en los ingresos de cualquier miembro del hogar. Las siguientes reglas se aplican al informar cambios en los ingresos de su familia.

Los aumentos de los ingresos familiares: Si los ingresos de algún miembro de la familia han aumentado, deberá notificarnos por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha del aumento. Verificaremos la información que ha proporcionado y haremos los cambios necesarios en su asistencia de alquiler. Es importante tener en cuenta que ya no pospondremos aumentos a su parte del alquiler. Si no nos notifica por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha del aumento, se le exigirá que pague un aumento de alquiler retroactivo, efectivo el primer día del mes siguiente a la fecha del aumento. Además, si no notifica a la Autoridad de Vivienda sobre cualquier cambio en los ingresos de su familia dentro del plazo requerido, es posible que se cancele su asistencia para la vivienda.

Las disminuciones de los ingresos familiares: Si los ingresos de algún miembro de la familia han disminuido, deberá notificarnos por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de la disminución. Verificaremos la información que ha proporcionado y haremos los cambios necesarios en su asistencia de alquiler. Si no nos notifica por escrito dentro de 14 días naturales de la fecha de la disminución, su alquiler no reducirse retroactivamente. Además, si no notifica a la Autoridad de Vivienda sobre cualquier cambio en los ingresos de su familia dentro del plazo requerido, es posible que se cancele su asistencia para la vivienda.

(Ve arriba)

Obligaciones de la Familia

Tenga en cuenta que si no cumple con cualquiera de las obligaciones que se describen a continuación, su asistencia para la vivienda puede cancelarse y/o usted puede ser responsable de devolver cualquier pago excesivo del subsidio causado por la información no declarada o la violación.

Obligaciones de la Familia

A. Cuando se aprueba la unidad familiar y se ejecuta el contrato HAP, la familia debe seguir las reglas que se enumeran a continuación para continuar participando en el programa de vales de elección de vivienda.

segundo. La familia debe:

Proporcionar cualquier información que la Autoridad de Vivienda o el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) determine necesaria, incluida evidencia de ciudadanía o estatus migratorio elegible, e información para

      1. uso en un reexamen programado periódicamente o en un reexamen provisional de los ingresos y la composición de la familia.
      2. Divulgar y verificar números de seguro social y firmar y enviar formularios de consentimiento para obtener información.
      3. Proporcione cualquier información solicitada por la Autoridad de Vivienda para verificar que la familia vive en la unidad o información relacionada con la ausencia de la familia de la unidad.
      4. Notificar de inmediato a la Autoridad de Vivienda por escrito cuando la familia esté fuera de la unidad por un período prolongado de acuerdo con las políticas de la Autoridad de Vivienda.
      5. Permitir que la Autoridad de Vivienda inspeccione la unidad en horarios razonables y después de un aviso razonable.
      6. Notifique a la Autoridad de Vivienda y al propietario por escrito antes de mudarse de la unidad o rescindir el contrato de arrendamiento.
      7. Utilizar la unidad asistida para residencia de la familia. La unidad debe ser la única residencia de la familia.
      8. Notificar de inmediato a la Autoridad de Vivienda por escrito sobre el nacimiento, la adopción o la custodia otorgada por el tribunal de un niño.
      9. Solicite la aprobación por escrito de la Autoridad de Vivienda para agregar a cualquier otro miembro de la familia como ocupante de la unidad.
      10. Notificar de inmediato a la Autoridad de Vivienda por escrito si algún miembro de la familia ya no vive en la unidad.
      11. Entregue a la Autoridad de Vivienda una copia de cualquier aviso de desalojo del propietario.
      12. Pagar facturas de servicios públicos y proporcionar y mantener cualquier electrodoméstico que el propietario no esté obligado a proporcionar según el contrato de arrendamiento.

C. Cualquier información que la familia proporcione debe ser verdadera y completa.

D. La familia (incluido cada miembro de la familia) no debe:

      1. Ser propietario o tener algún interés en la unidad (que no sea una cooperativa o el propietario de una casa prefabricada que arrienda el espacio de una casa prefabricada).
      2. Cometer cualquier infracción grave o reiterada del contrato de arrendamiento.
      3. Cometer fraude, soborno o cualquier otro acto corrupto o delictivo en relación con el programa.
      4. Participar en actividades delictivas relacionadas con drogas o actividades delictivas violentas u otras actividades delictivas que amenacen la salud, la seguridad o el derecho al disfrute pacífico de otros residentes y personas que residen en las inmediaciones de las instalaciones.
      5. Subarrendar o arrendar la unidad o ceder el arrendamiento o transferir la unidad.
      6. Recibir asistencia de vivienda del programa de vales de elección de vivienda mientras recibe otro subsidio de vivienda, para la misma unidad o una unidad diferente bajo cualquier otro programa de asistencia de vivienda federal, estatal o local.
      7. Dañar la unidad o las instalaciones (que no sean daños por desgaste normal) o permitir que cualquier huésped dañe la unidad o las instalaciones.
      8. Recibir asistencia de vivienda del programa de vales de elección de vivienda mientras resida en una unidad propiedad de un padre, hijo, abuelo, nieto, hermana o hermano de cualquier miembro de la familia, a menos que la Autoridad de Vivienda haya determinado (y haya notificado al propietario y a la familia de tal determinación) de que aprobar el alquiler de la unidad, a pesar de dicha relación, proporcionaría adaptaciones razonables para un miembro de la familia que sea una persona con discapacidades.
      9. Abusar del alcohol de forma que amenace la salud, la seguridad o el derecho al disfrute pacífico de los demás residentes y personas que residan en las inmediaciones del local.

(Ve arriba)

Razones para la terminación de la asistencia para la vivienda

La Autoridad de Vivienda puede negar o cancelar la asistencia del programa en cualquier momento por cualquiera de las siguientes razones:

      • Si la familia viola alguna de las obligaciones familiares bajo el programa.
      • Si algún miembro de la familia ha sido desalojado de una vivienda pública.
      • Si algún miembro de la familia ha sido eliminado previamente del programa de la Sección 8.
      • Si algún miembro de la familia comete actividad delictiva relacionada con drogas o actividad delictiva violenta.
      • Si algún miembro de la familia comete fraude, soborno o cualquier otro acto corrupto o criminal en relación con cualquier programa federal de vivienda.
      • Si la familia actualmente debe alquiler u otras cantidades a la Autoridad de Vivienda o a otra Autoridad de Vivienda en relación con la Sección 8 o asistencia de vivienda pública según la Ley de 1937.
      • Si la familia no ha reembolsado a ninguna Autoridad de Vivienda los montos pagados al propietario en virtud de un contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda por concepto de alquiler, daños a la unidad u otros montos adeudados por la familia en virtud del contrato de arrendamiento.
      • Si la familia incumple un acuerdo con la Autoridad de Vivienda para pagar los montos adeudados a la Autoridad de Vivienda o los montos pagados al propietario por la Autoridad de Vivienda.
      • Si la familia ha participado o ha amenazado con un comportamiento abusivo o violento hacia el personal de la Autoridad de Vivienda.
      • Si algún miembro de la familia no firma y presenta los formularios de consentimiento para la obtención de información.
      • Si algún miembro de la familia no presenta la evidencia requerida de ciudadanía o estatus migratorio elegible.

(Ve arriba)

Procedimientos de audiencias informales

Cuando usted puede solicitar una audiencia informal

La Autoridad de Vivienda brindará a los participantes del programa la oportunidad de solicitar una audiencia informal para considerar si las siguientes determinaciones están de acuerdo con la ley, las regulaciones de HUD y/o las reglas de la Autoridad de Vivienda, en los siguientes casos:

      1. Los ingresos anuales o ajustados de la familia y el uso de dichos ingresos para calcular el pago de asistencia para la vivienda.
      2. El subsidio de servicios públicos apropiado (si corresponde) para los servicios públicos pagados por el inquilino del programa de subsidios de servicios públicos de la Autoridad de Vivienda.
      3. El tamaño de la unidad familiar según los estándares de subsidio de la Autoridad de Vivienda.
      4. Terminación de la asistencia para una familia participante debido a la acción o falta de acción de la familia.
      5. Terminación de la asistencia porque la familia participante ha estado ausente de la unidad asistida por más tiempo que el período máximo permitido según la política de la Autoridad de Vivienda y las reglas de HUD.

For information regarding how to request an informal hearing, please see the Hearing and Appeals Q&A, included in this packet.

(Ve arriba)

Equidad de Vivienda - Es su derecho

Datos básicos sobre la Ley de Vivienda Justa: ¿Qué viviendas están cubiertas?
La Ley de Vivienda Justa cubre la mayoría de las viviendas. En algunas circunstancias, la Ley exime a los edificios ocupados por propietarios con no más de cuatro unidades, las viviendas unifamiliares vendidas o alquiladas sin el uso de un corredor y las viviendas operadas por organizaciones y clubes privados que limitan la ocupación a sus miembros.

¿Qué está prohibido?

En la compraventa y alquiler de viviendas: Nadie podrá realizar ninguna de las siguientes acciones por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, situación familiar o discapacidad:

      • Negarse a alquilar o vender una vivienda
      • Negarse a negociar una vivienda
      • Hacer la vivienda disponible
      • Negar una vivienda
      • Establecer diferentes términos, condiciones o privilegios para la venta o alquiler de una vivienda.
      • Proporcionar diferentes servicios o instalaciones de vivienda
      • Negar falsamente que la vivienda esté disponible para inspección, venta o alquiler.
      • Para obtener ganancias, persuadir a los propietarios para que vendan o alquilen (blockbusting) o
      • Negar a cualquier persona el acceso o la membresía en una instalación o servicio (como un servicio de listado múltiple) relacionado con la venta o el alquiler de viviendas.

En préstamos hipotecarios: Nadie podrá realizar ninguna de las siguientes acciones por motivos de raza, color, origen nacional, religión, sexo, situación familiar o discapacidad:

      • Negarse a otorgar un préstamo hipotecario
      • Negarse a proporcionar información sobre los préstamos
      • Imponer diferentes términos o condiciones a un préstamo, como diferentes tasas de interés, puntos o tarifas.
      • Discriminar en la tasación de una propiedad
      • Negarse a comprar un préstamo o
      • Establezca diferentes términos o condiciones para adquirir un préstamo.

Además, es ilegal que cualquier persona:

      • Amenazar, coaccionar, intimidar o interferir con cualquier persona que ejerza un derecho de vivienda justa o que ayude a otros que ejerzan ese derecho.
      • Publicitar o hacer cualquier declaración que indique una limitación o preferencia basada en raza, color, origen nacional, religión, sexo, estado familiar o discapacidad. Esta prohibición contra la publicidad discriminatoria se aplica a viviendas unifamiliares y ocupadas por propietarios que de otro modo están exentas de la Ley de Vivienda Justa.

Protección adicional Si tienes una discapacidad

Si usted o alguien asociado con usted:

      • Tiene una discapacidad física o mental (incluyendo discapacidad auditiva, de movilidad y visual, alcoholismo crónico, enfermedad mental crónica, SIDA, complejo relacionado con el SIDA y retraso mental) que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida.
      • Tener un registro de dicha discapacidad o
      • Se considera que tienen una discapacidad, tales

Su arrendador no puede:

      • Negarse a permitirle realizar modificaciones razonables en su vivienda o áreas de uso común, a su cargo, si fuera necesario para que la persona discapacitada utilice la vivienda. (Cuando sea razonable, el propietario puede permitir cambios solo si usted acepta restaurar la propiedad a su condición original cuando se mude).
      • Negarse a hacer adaptaciones razonables en reglas, políticas, prácticas o servicios si es necesario para que la persona discapacitada utilice la vivienda.

Ejemplo: Un edificio con una política de “no mascotas” debe permitir que un inquilino con discapacidad visual tenga un perro guía.

Ejemplo: Un complejo de apartamentos que ofrece a los inquilinos un estacionamiento amplio y no asignado debe cumplir con la solicitud de un inquilino con movilidad reducida de un espacio reservado cerca de su apartamento si es necesario para garantizar que pueda tener acceso a su apartamento.

Sin embargo, no es necesario poner vivienda a disposición de una persona que represente una amenaza directa para la salud o la seguridad de otras personas o que actualmente consuma drogas ilegales.

Requisitos para los nuevos edificios

En edificios que estén listos para su primera ocupación después del 13 de marzo de 1991 y tengan un ascensor y cuatro o más unidades:

  • Las áreas públicas y comunes deben ser accesibles a las personas con discapacidad
  • Las puertas y los pasillos deben ser lo suficientemente anchos para las sillas de ruedas

Todas las unidades deben tener:

  • Una ruta accesible en ya través de la unidad
  • Interruptores de luz, enchufes eléctricos, termostatos y otros controles ambientales accesibles
  • Reforzado paredes del baño para permitir la posterior instalación de barras de apoyo y
  • Cocinas y baños aptos para personas en silla de ruedas.

Si un edificio con cuatro o más unidades no tiene ascensor y estará listo para su primera ocupación después del 13 de marzo de 1991, estas normas se aplican a las unidades de la planta baja. Estos requisitos para edificios nuevos no reemplazan estándares más estrictos en las leyes estatales o locales.

Oportunidades de Vivienda para Familias

A menos que un edificio o comunidad califique como vivienda para personas mayores, no puede discriminar según el estado familiar. Es decir, no podrá discriminar a familias en las que convivan uno o más hijos menores de 18 años con:

  • Un padre
  • Una persona que tiene la custodia legal del niño o los niños o
  • La persona designada por el padre o tutor legal, con el permiso por escrito del padre o tutor.
  • La protección del estatus familiar también se aplica a las mujeres embarazadas y a cualquier persona que obtenga la custodia legal de un niño menor de 18 años.

Exención: Las viviendas para personas mayores están exentas de la prohibición de discriminación por situación familiar si:

  • El Secretario de HUD ha determinado que está específicamente diseñado y ocupado por personas mayores bajo un programa de gobierno federal, estatal o local o
  • Está ocupado únicamente por personas mayores de 62 años o
  • Alberga al menos a una persona de 55 años o más en al menos el 80 por ciento de las unidades ocupadas y se adhiere a una política que demuestra la intención de albergar a personas de 55 años o más.
  • Un período de transición permite a los residentes a partir del 13 de septiembre de 1988 continuar viviendo en la vivienda, independientemente de su edad, sin interferir con la exención.

Si usted piensa que sus derechos han sido violados

La Autoridad de Vivienda y HUD están listos para ayudar con cualquier problema de discriminación en materia de vivienda. Si cree que se han violado sus derechos, el Formulario de queja por discriminación en la vivienda está disponible para que lo descargue, lo complete y lo devuelva, o lo complete en línea y lo envíe, o puede escribirle una carta a HUD o llamar a la oficina de HUD más cercana a usted. Tiene un año después de una presunta infracción para presentar una queja ante HUD, pero debe presentarla lo antes posible.

Qué decirle al HUD:

  • Su nombre y dirección
  • El nombre y dirección de la persona contra la que se presenta su queja (el demandado)
  • La dirección u otra identificación a la carcasa en cuestión
  • Una breve descripción de la supuesta violación (el evento que le hizo creer que sus derechos fueron violados)
  • La(s) fecha(s) de la presunta violación

Dónde escribir o llamar:

Envíe el formulario de queja por discriminación en la vivienda o una carta a:

Oficina San Francisco HUD
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano
600 Calle Harrison, 3.er piso
San Francisco, CA 94107-1300
Teléfono: (415) 489-6400, Fax: (415) 489-6419

Si es una persona con discapacidades, la Autoridad de Vivienda y HUD también brindan:

  • Un teléfono TTY gratuito para personas con discapacidad auditiva. (HUD: 1-800-927-9275. Autoridad de Vivienda TDD: 831-475-1146)
  • intérpretes
  • HUD cintas y materiales en braille
  • Asistencia en las formas de lectura y completar

¿Qué sucede cuando presenta una queja?

HUD le notificará cuando reciba su queja. Normalmente, HUD también:

  • Notificará al presunto infractor de su queja y permitir que la persona a presentar una respuesta
  • Investigar su queja y determinar si existe una causa razonable para creer que la Ley de Vivienda Justa ha sido violada
  • Notificarle si no puede completar una investigación dentro de los 100 días posteriores a la recepción de su queja.

Conciliación

HUD intentará llegar a un acuerdo con la persona contra la que se presenta su queja (el demandado). Un acuerdo de conciliación debe proteger tanto a usted como al interés público. Si se firma un acuerdo, HUD no tomará más medidas sobre su queja. Sin embargo, si HUD tiene motivos razonables para creer que se ha violado un acuerdo de conciliación, HUD recomendará que el Fiscal General presente una demanda.

Remisión de quejas

Si HUD ha determinado que su agencia estatal o local tiene los mismos poderes de vivienda justa que HUD, HUD derivará su queja a esa agencia para que la investigue y le notificará sobre la derivación. Esa agencia debe comenzar a trabajar en su queja dentro de los 30 días o HUD podrá retirarla.

¿Qué pasa si necesita ayuda rápidamente?

Si necesita ayuda inmediata para detener un problema grave causado por una violación de la Ley de Vivienda Justa, es posible que HUD pueda ayudarlo tan pronto como presente una queja. HUD puede autorizar al Procurador General a acudir a los tribunales para buscar una reparación temporal o preliminar, en espera del resultado de su queja, si:

  • daño irreparable es probable que se produzca sin la intervención de HUD
  • Hay evidencia sustancial de que una violación de la Ley de Vivienda Justa se produjo

Ejemplo: Un constructor acepta vender una casa pero, después de enterarse de que el comprador es negro, no cumple el acuerdo. El comprador presenta una queja ante HUD. HUD puede autorizar al Fiscal General a acudir a los tribunales para impedir una venta a cualquier otro comprador hasta que HUD investigue la denuncia.

¿Qué sucede después de una investigación de denuncia?

Si, después de investigar su queja, HUD encuentra motivos razonables para creer que ocurrió discriminación, le informará. Su caso será escuchado en una audiencia administrativa dentro de los 120 días, a menos que usted o el demandado quieran que el caso sea escuchado en un tribunal de distrito federal. De todos modos, no tiene costo para ti.

La Audiencia Administrativa:

Si su caso llega a una audiencia administrativa, los abogados de HUD litigarán el caso en su nombre. Usted puede intervenir en el caso y ser representado por su propio abogado si lo desea. Un juez de derecho administrativo (ALA) considerará las pruebas suyas y del demandado. Si la ALA decide que ocurrió discriminación, se puede ordenar al demandado:

  • Para compensarle por daños reales, incluyendo humillación, dolor y sufrimiento.
  • Para proporcionar medidas cautelares u otras medidas equitativas, por ejemplo, para que la vivienda esté disponible para usted.
  • Pagar al Gobierno Federal una sanción civil para reivindicar el interés público. Las penas máximas son $10,000 por una primera infracción y $50,000 por una tercera infracción dentro de siete años.
  • Pagar los honorarios y costas razonables de los abogados.

Tribunal de Distrito Federal

Si usted o el demandado deciden que su caso se decida en el Tribunal Federal de Distrito, el Procurador General presentará una demanda y litigará en su nombre. Al igual que la ALA, el Tribunal de Distrito puede ordenar reparación y otorgar daños reales, honorarios de abogados y costas. Además, el tribunal puede otorgar daños punitivos.

Puede presentar una demanda, a su cargo, en el Tribunal de Distrito Federal o en el Tribunal Estatal dentro de los dos años posteriores a la supuesta violación. Si no puede pagar un abogado, el tribunal puede asignarle uno. Puede entablar una demanda incluso después de presentar una denuncia, si no ha firmado un acuerdo de conciliación y un Juez de Derecho Administrativo no ha iniciado una audiencia. Un tribunal puede otorgar daños reales y punitivos y honorarios y costas de abogados.

Otras herramientas para combatir la discriminación en la vivienda:

Si hay incumplimiento de la orden de un juez de derecho administrativo, HUD puede buscar alivio temporal, ejecución de la orden o una orden de restricción en un Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos.

El Procurador General puede presentar una demanda en un Tribunal de Distrito Federal si hay causa razonable para creer que está ocurriendo un patrón o práctica de discriminación en materia de vivienda.

Para mayor información:

La Ley de Vivienda Justa y las regulaciones de HUD contienen más detalles e información técnica. Si necesita una copia de la ley o los reglamentos, pregúntele al personal de la Autoridad de Vivienda o comuníquese con la oficina de HUD más cercana.

(Ve arriba)

Búsqueda de vivienda

Las formas útiles y Recursos

Formulario de Cálculo alquiler
Normas de subsidios
Tabla de Asignación de servicios públicos
Vivienda asequible

Leasing en Place

La forma más rápida de garantizar que no se pierda un vale es “arrendar en el lugar”, es decir, usar su vale para alquilarle a su arrendador actual si ese arrendador acepta el vale de la Sección 8. Una vez que esté en el programa y utilice el bono en su alquiler actual, podrá tomarse su tiempo para buscar otro alquiler sin que el bono caduque.

Vivienda asequible

Si no puede alquilar su unidad actual o necesita encontrar un lugar para vivir, hay muchas maneras de encontrar una unidad de alquiler. Una es conducir por los vecindarios y buscar carteles en los jardines que digan "alquilar". Los periódicos locales también enumeran propiedades en alquiler. Hay listados en Vivienda asequible, donde los alquileres aparecen publicados por propietarios locales que aceptarán vales de la Sección 8.

Otros sitios web de alquiler, como Craig's List, también pueden ser una buena fuente de listados de alquileres, pero asegúrese de que dichos listados sean genuinos.

Formulario de Cálculo alquiler

Para obtener ayuda para estimar cuánto alquiler tendrá que pagar, utilice el Formulario de Cálculo alquiler.

Tabla de Asignación de servicios públicos

El alquiler total para el propietario dependerá de qué servicios públicos paga el propietario y cuáles usted, el inquilino. Puedes usar el Utility Allowances tabla para ver qué asignación se hará para la combinación de servicios públicos en un alquiler en particular.

Payment Standards

La cantidad de alquiler que la Autoridad de Vivienda pagará en su nombre está determinada, en parte, por el Payment Standards. Los estándares de pago cambian de vez en cuando en respuesta a las tendencias del mercado y las pautas emitidas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (HUD).

Solicitud de Aprobación de arrendamiento

Una vez que se encuentre un alquiler adecuado y un propietario dispuesto, debe entregarle al propietario una Solicitud de aprobación de arrendamiento (RTA) para que la complete. El RTA le fue entregado en la sesión informativa. Sólo se emite un ACR a la vez. Si el alquiler presentado en el RTA actual no se aprueba, se emitirá otro RTA. La RTA solicita al propietario información que la Autoridad de Vivienda necesitará para revisar el alquiler y ver si cumple con los requisitos del programa.

Lista de verificación de los estándares de calidad de vivienda

El personal de la Autoridad de Vivienda hablará con el arrendador y, una vez que todo esté de acuerdo, se programará una inspección. El alquiler debe cumplir con los Estándares Federales de Calidad de Vivienda (HQS). Para obtener más información, consulte Lista de verificación de HQS.

Si no se encuentra un alquiler dentro del tiempo indicado en el voucher, deberá solicitar una extensión por escrito. No se debe dar por sentado que se concederá una prórroga.

Reanudar inquilino

En un mercado de alquiler ajustado, los titulares de vales de la Sección 8 pueden tener que competir con otras personas que buscan un alquiler. Puede resultar útil tener un “currículum de inquilino” preparado que enumere sus alquileres anteriores, cuánto tiempo permaneció, sus hábitos de pago de alquiler, el estado en el que dejó el alquiler cuando se fue y una o dos cartas de referencia. Puedes usar el Reanudar inquilino formulario como guía.

Es posible que aún tenga que completar la solicitud de alquiler del propietario, que podría solicitar la misma información, pero al presentarse como un buen inquilino, el propietario puede tener una disposición más favorable hacia usted.

Para obtener más información, consulte el Housing Search Q&A.

Más recursos

Ya sea que esté buscando una unidad por primera vez con su vale o mudándose de una unidad a otra con un vale que ya tiene, aquí hay algunos recursos que lo ayudarán:

Utilizar el Familia lista de contactos para documentar cada alquiler que consulte y el resultado de su solicitud.

Si no puede encontrar un alquiler dentro del tiempo indicado en su Voucher, debe solicitar una extensión por escrito o utilizando un Solicitud de Extensión de vales forma. No asuma que se otorgará una extensión y no se otorgará sin la Lista de contactos familiares.

Haz clic aquí para obtener más recursos en línea.

Fraude programa

El gobierno federal y la Autoridad de Vivienda toman medidas contra quienes cometen fraudes en los programas, ya sean participantes de la Sección 8 o propietarios. La Autoridad de Vivienda ha establecido una unidad de Integridad del Programa específicamente para investigar y tomar medidas contra aquellos que cometen violaciones del programa. Por favor vaya a la sección de este sitio web en Fraude programa para obtener más información o denunciar un fraude.

(Ve arriba)

Información adicional incluida en el paquete informativa

Puede resultar útil compartirlos con el propietario.

(Ve arriba)

¿Preguntas?

Para obtener respuestas a más preguntas, llame a la Autoridad de Vivienda al
831-454-5977.