¿Qué tipo de asistencia ofrecen a las personas con discapacidad?
La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz tiene programas especiales de vales para personas discapacitadas que cumplan con ciertos criterios de elegibilidad. Para obtener una lista de todos los programas de cupones especiales, visite nuestro sitio web en https://hacosantacruz.org/waiting-lists/waiting-lists-for-all-programs/ Además, si no tiene hogar o está en riesgo de quedarse sin hogar, comuníquese con https://smartpathscc.org/homeless/ o llame al 831-454-4122 o al 2-1-1.
Puede considerar comunicarse con el trabajador social que tiene a través del condado u otra agencia que no sea la Autoridad de Vivienda, para analizar las opciones para usted.
¿Qué otras opciones podrían estar disponibles?
Cuando solicita o comienza a recibir asistencia de la Autoridad de Vivienda, nuestro personal puede ayudarlo con necesidades especiales como:
- Autorizar a otra persona para que hable con nosotros, reciba correo o firme documentos en su nombre.
- Solicitudes de prórroga de plazos importantes si la demora estaba relacionada con una discapacidad.
- Solicitudes de un asistente residente, que es una persona que su discapacidad requiere que viva en su hogar y lo ayude.
- Solicitudes de alquiler de una unidad a un familiar si no puede encontrar otra unidad con las características especiales que necesita.
- Solicitudes de un dormitorio adicional para almacenar equipos médicos de gran tamaño o proporcionar espacio adicional relacionado con las discapacidades.
- Otras necesidades especiales
¿Cómo hago una solicitud?
Complete el Formulario de solicitud especial correspondiente, que puede descargar de nuestro sitio web, o llame a nuestra Línea de información (# a continuación) para solicitar un formulario o para realizar su solicitud verbalmente si no puede completar el formulario.
Haga su solicitud lo antes posible para que el tiempo de procesamiento no interfiera con sus necesidades de vivienda.
Sea específico sobre lo que está pidiendo.
Una vez que recibamos la solicitud, enviaremos un formulario directamente a su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado para verificar la necesidad. Asegúrese de que esa persona conozca sus necesidades y comprenda lo importante que es proporcionar tantos detalles como sea posible en nuestro formulario y devolverlo rápidamente. Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado no puede entregarle el formulario; debe enviárnoslo directamente a nosotros.
¿Cuándo sabré si mi solicitud ha sido aprobada?
Esto depende del tiempo que tarde en responder su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado. La mayoría de las solicitudes tardan más de 30 días en procesarse. Le enviaremos una carta notificándole nuestra decisión.
Aprobar una solicitud especial puede resultar en que usted reciba más asistencia de alquiler que de otro modo se usaría para ayudar a otra familia.
Por ello, requerimos una documentación exhaustiva de la necesidad y comprobaremos que el alojamiento está siendo utilizado.
¿Cuáles son los requisitos para los asistentes internos?
- Un ayudante residente (LIA) no puede ser alguien que normalmente viviría con usted como parte de su familia o que lo apoyaría económicamente. Un LIA es un empleado que usted contrata para brindar atención.
- Su proveedor de atención médica o trabajador social debe verificar que necesita un LIA para realizar tareas esenciales relacionadas con su discapacidad durante el horario nocturno. La Autoridad de Vivienda confirmará esta necesidad.
- No puede cobrar alquiler a un LIA.
- Un LIA no tiene ningún derecho sobre el vale y no se considera parte del hogar asistido.
- Los ingresos de un LIA no se cuentan como parte de los ingresos de su hogar.
- Un LIA debe vivir con usted a tiempo completo y documentar que no tiene otra residencia.
- No necesita nuestra aprobación para recibir ayuda durante el día, solo para que un LIA viva con usted.
¿Cuáles son los requisitos para alquilar a un familiar?
Solo se le permite alquilar de un pariente si:
- Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado verifique que necesita características especiales debido a una discapacidad, y
- Se completa una Vivienda Formulario de búsqueda para demostrar que trató de encontrar otra unidad y que sus necesidades solo pueden ser satisfechas por la unidad de su pariente.
¿Cómo puedo obtener una unidad más grande o un dormitorio adicional?
La concesión de habitaciones adicionales significa que obtiene más asistencia de alquiler que de otro modo podría ayudar a otra familia. Se aprueban dormitorios adicionales en situaciones limitadas para:
- equipos médicos grande
- Ciertas condiciones que hacen imposible que dos personas compartan una habitación.
¿Cuándo puedo obtener una extensión de la fecha de vencimiento de mi cupón?
Las extensiones debido a una discapacidad solo se otorgan si su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional informado documenta las fechas en que su discapacidad le impidió buscar un alquiler. No hay garantía de que se concedan prórrogas. Si no arrienda antes de la fecha límite, podría perder su vale. Continúe su búsqueda de vivienda y documente cada unidad que contacte en un Vivienda Formulario de búsqueda.
Si está buscando una unidad, ¡no asuma que su solicitud será aprobada! Continúe con su búsqueda de vivienda. Es posible que no obtenga una extensión de su vale simplemente porque estaba esperando la aprobación de su solicitud.
Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.