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Program Integrity Q&A

Violaciones y fraude del programa (integridad del programa)

¿Por Catching Violaciónes del programa y el fraude es importante
¿Qué son las infracciones del programa y el fraude?
Cómo violaciónes y el fraude son investigados
Las sanciones por la comisión de Violaciónes y Fraude
Violaciónes de informes y el fraude
confidencialidad

¿Por Catching Violaciónes del programa y el fraude es importante

El gobierno federal asigna una cantidad fija de fondos a la Autoridad de Vivienda con la cual debe brindar asistencia de alquiler a tantas familias como sea posible. Cuando una familia participante recibe más asistencia de alquiler de la que debe, esos fondos adicionales de asistencia de alquiler no están disponibles para ayudar a otra familia.

Se pide a cada familia que gaste aproximadamente el 30% de sus ingresos en el alquiler. Esta es una cantidad razonable que se debe pagar, pocas familias en el mercado privado pagan un porcentaje tan pequeño de sus ingresos en alquiler.

Al tergiversar, no declarar ingresos o participar en violaciones del programa, la persona que lo hace no solo está engañando a los contribuyentes y al gobierno federal, sino que también está estafando a otra familia de bajos ingresos sin recibir asistencia.

La gran mayoría de las familias que actualmente reciben asistencia para el alquiler, así como miles de familias en la lista de espera, son honestas, se adhieren a las reglas y aprecian su asistencia para el alquiler cuando la reciben.

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz está comprometida a eliminar el fraude y la deshonestidad de sus programas y ha creado una unidad especial de investigación llamada Unidad de Integridad del Programa con personal capacitado en investigación.

Si sospecha que se está produciendo una violación del programa o un fraude, se le anima a informarlo a la unidad de Integridad del Programa.

(Ve arriba)

¿Qué son las infracciones del programa y el fraude?

Algunos conceptos erróneos acerca de los programas de la Autoridad de Vivienda llevan a las personas a suponer que se está produciendo una violación del programa o un fraude cuando no es así. Las familias no tienen que estar en asistencia social para calificar para el programa; de hecho, se alienta a las familias a trabajar, aumentar sus ingresos y eventualmente dejar el programa.

Las personas que viven juntas como un hogar estable pero que no están casadas son elegibles para el programa, al igual que las familias sin hijos, las personas solteras, los ancianos y las personas con discapacidad. Sin embargo, todas las personas que viven en el hogar y los ingresos de todas las personas en el hogar deben informarse a la Autoridad de Vivienda de inmediato.

Algunos ejemplos de violaciones del programa o fraude por parte de un participante del programa o inquilino:

  • Las representaciones erróneas de hechos
  • Omisión de los hechos
  • Hacer declaraciones falsas
  • Acostado en formularios de declaración personales
  • Incumplimiento de los requisitos del programa.
  • No reportar todos los ingresos y/o bienes.
  • Falsificación de documentos y/o firmas.
  • No informar con prontitud los cambios en los ingresos o la composición del hogar.
  • Permitir que más personas vivan en la casa sin la aprobación de la Autoridad de Vivienda y el propietario.
  • Subarrendamiento total o parcial de la unidad de alquiler.
  • Pagar más alquiler al arrendador que el monto establecido en el Anexo de arrendamiento del contrato de arrendamiento (también llamados "pagos adicionales").
  • Cobrar el alquiler de un ayudante interno.
  • Cometer un hecho delictivo grave.
  • Poseer o tener un interés financiero en la unidad de alquiler.

Algunos ejemplos de violaciones del programa o fraude por parte de un arrendador:

  • Cobrar pagos adicionales de la familia más allá de lo establecido en el Anexo de arrendamiento del contrato de arrendamiento (también llamados "pagos adicionales").
  • Aceptar pagos de asistencia de vivienda para una unidad vacante.
  • Vivir en la misma unidad de alquiler que el participante del programa.

(Ve arriba)

Cómo violaciónes y el fraude son investigados

La Autoridad de Vivienda tiene muchas fuentes y métodos de investigación a su disposición. Amigos y vecinos pueden ser entrevistados o vigilancia de las actividades realizadas.

También se pueden utilizar las bases de datos gubernamentales que proporcionan registros de ingresos, bienes, lugares de residencia, antecedentes penales y otra información.

La Autoridad de Vivienda también trabaja en estrecha colaboración con las fuerzas del orden público y otras agencias públicas para realizar investigaciones conjuntas y coopera plenamente en los procesos penales y civiles.

(Ve arriba)

Las sanciones por la comisión de Violaciónes del programa y Fraude

Las sanciones van desde la pérdida de la asistencia para el alquiler hasta el enjuiciamiento y el encarcelamiento. Los infractores pueden ser multados y también obligados a pagar toda la asistencia de alquiler pagada en exceso.

Bajo el programa de la Sección 8, si se determina una violación, la Autoridad de Vivienda puede suspender la asistencia para el alquiler, pero el propietario puede permitir que el infractor permanezca en la unidad de alquiler. La Autoridad de Vivienda no puede desalojar o sacar a la familia infractora de la casa, solo el propietario puede desalojar.

(Ve arriba)

Informes sobre posibles fraudes y Violaciónes Programa

por teléfono: la información se puede brindar de manera confidencial llamando a la unidad de Integridad del Programa al 454-9455, extensión 251. Si el Oficial de Integridad del Programa no está disponible, se puede dejar un mensaje en el buzón de correo de voz seguro al que solo tiene acceso el Oficial de Integridad del Programa.

electrónicamente: también se puede realizar una denuncia de forma confidencial a través de este sitio web completando el Programa Violación Formulario de Informe. Este formulario va directamente del sitio web al Oficial de Integridad del Programa.

Escrito: el Programa Violación Formulario de Informe también puede imprimirse desde el sitio web y enviarse por correo o dejarse en la Autoridad de Vivienda, 2160 41st Avenue, Capitola, CA 95010, atención: Oficial de Integridad del Programa/Información Confidencial.

(Ve arriba)

confidencialidad

Todos los informes de violaciones del programa y fraude se mantienen en estricta confidencialidad.

Con base en la información recibida de manera confidencial, el Oficial de Integridad del Programa de la Autoridad de Vivienda llevará a cabo una investigación independiente y no revelará el nombre de la persona que proporciona la información. Si el Oficial de Integridad del Programa encuentra que un caso no se puede probar sin usar información que revele la identidad del informante, el Oficial de Integridad del Programa se comunicará con el informante para obtener permiso para usar la información de identificación. Si no se otorga el permiso, no se utilizará el nombre del informante, pero es posible que el caso no pueda seguir adelante.

Debido a los requisitos de confidencialidad, la Autoridad de Vivienda no podrá hacer ninguna declaración sobre el estado de las investigaciones o los resultados. Investigaciones, luego el proceso de terminación y/o enjuiciamiento puede ser largo; no se debe suponer que no se está tomando ninguna acción simplemente porque la familia permanece en el hogar.

Income Verification & Deductions Q&A

Documentación y verificación de ingresos de su familia

Qué tipo de ingreso debo reportar a la Autoridad de Vivienda:

  • Primero, DEBE informar TODOS los ingresos que recibe cualquier miembro de su familia y TODOS los bienes que tiene cualquier miembro de su familia.
  • La Autoridad de Vivienda revisa la información y requiere que proporcione documentación para verificar todos sus ingresos y bienes.
  • Es posible que algunos tipos de ingresos o activos no estén incluidos en el cálculo de su alquiler, pero aun así debe informarlos.

¿Qué tipo de ingresos debo reportar a la Autoridad de Vivienda?

Debe informarnos todos los ingresos, incluso si cree que ya lo sabemos, o incluso si cree que "no cuenta" para nuestros programas. Esto incluye, pero no se limita a:

  • Sueldos, salarios y propinas
  • Bienestar, Seguridad Social y otros beneficios, incluso si los beneficios están destinados a un hijo.
  • Manutención de los hijos, pensión alimenticia y otro tipo de apoyo de amigos o familiares, incluido alguien que paga facturas, compra comestibles o brinda otra asistencia que no sea en efectivo
  • ayuda financiera y préstamos estudiantiles
  • Ingresos de trabajo por cuenta propia y trabajo por dinero en efectivo, incluidos trabajos secundarios como cuidado del jardín, cuidado de niños, venta de mercancías en el mercado de pulgas, etc.
  • Compensación de trabajadores, desempleo, pagos por discapacidad, etc.

¿Qué tipo de activos debo reportar?

Debe informar todos los bienes que pertenecen a cualquier miembro de su familia a la Autoridad de Vivienda.

Generalmente, el valor del activo no cuenta como ingreso. Solo contarán los ingresos (como los intereses) producidos por el activo. Si el activo no produce ningún ingreso, como dinero en una cuenta corriente que no genera intereses, la Autoridad de Vivienda utilizará una tasa de interés supuesta para estimar los ingresos.

Los activos que debe informar incluyen, pero no se limitan a:

  • cuentas bancarias
  • cuentas de pensiones y jubilaciones
  • Bienes inmuebles y otros bienes
  • Fideicomisos, incluidos los fideicomisos para necesidades especiales
  • Liquidaciones, herencias y otras adjudicaciones en efectivo a tanto alzado
  • La propiedad de una empresa o sociedad

¿Cómo verificarán los ingresos que reporto?

Le pediremos que proporcione documentación de todos sus ingresos y bienes. La mayoría de la documentación debe estar en forma de documentos originales, así que haga fotocopias para sus registros. Los documentos requeridos incluyen talones de pago, extractos bancarios, cartas de beneficios, declaraciones de impuestos, etc. Se le dará una lista específica del tipo de documentos necesarios.

También obtendremos verificación directa de una base de datos en línea mantenida por HUD, llamada EIV. Esta base de datos incluye información sobre ingresos y beneficios sobre usted y su hogar. Usaremos la base de datos para confirmar la información que nos ha proporcionado. Para obtener más información sobre EIV, consulte el folleto llamado "Lo que debe saber sobre EIV" disponible en la oficina y el sitio web de la Autoridad de Vivienda.

Finalmente, si aún necesitamos más información, podemos comunicarnos directamente con un empleador, banco, agencia, etc. y pedirles que llenen un formulario para verificar sus ingresos o activos y que nos lo devuelvan directamente.

¿Cómo documento el trabajo por cuenta propia o los ingresos en efectivo?

Si trabaja por cuenta propia, trabaja por dinero en efectivo o recibe dinero u otro apoyo de amigos o familiares, aún debe documentar estos ingresos.

  • Para el trabajo por cuenta propia (cuidado de niños, cuidado de jardines, trabajo independiente, etc.), proporcione una declaración de ingresos y gastos o utilice nuestro Formulario de verificación de trabajo por cuenta propia.
  • Mantenga un registro escrito del efectivo recibido, que incluya fechas, montos y quién proporcionó el efectivo.
  • Mostrar extractos bancarios que documenten que se depositó efectivo.
  • Mantenga registros durante todo el año y esté preparado para proporcionar esta información a la Autoridad de Vivienda anualmente.
  • Proporcione los nombres y la información de contacto de las personas que le proporcionaron los ingresos. Podemos comunicarnos con ellos directamente para la verificación.

¿Qué sucede si alguien de mi familia no informa sus ingresos o bienes?

El cabeza de familia es responsable de asegurarse de que todos los miembros de la familia informen sus ingresos y bienes en forma completa.

El no reportar esta información, así como cualquier cambio, puede resultar en que su familia deba pagar el subsidio y/o que se le dé de baja del programa, entre otras sanciones. Ver el Program Fraud Q&A para más información.

Annual Recertification Q&A

Sobre el proceso de recertificación anual

¿Por qué la Autoridad de Vivienda realiza recertificaciones anuales?

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) nos exige que revisemos los ingresos, los bienes y la composición familiar de cada familia a la que ayudamos una vez al año.

Debe proporcionar toda la información que necesitamos para volver a certificar a su familia anualmente. La mayoría de las familias reciben varios miles de dólares en asistencia cada año; a cambio, le pedimos que cumpla con las reglas del programa y proporcione esta información anualmente.

De vez en cuando, la Autoridad de Vivienda puede cambiar la fecha de su recertificación anual. Sin embargo, se realizará una recertificación anual completa una vez al año.

¿Qué pasa si proporcioné toda la información el año pasado y no ha habido cambios?

Incluso si nada en su situación ha cambiado, aún debe proporcionar toda la información que solicitamos.

¿Qué sucede si recientemente informé algunos cambios en mis ingresos? ¿Todavía necesito completar la recertificación anual?

Sí. Incluso si recientemente realizamos una recertificación de ingresos "interina" basada en los cambios que nos informó, aún debemos completar la recertificación anual completa para todos los miembros de su familia.

¿No pueden obtener información sobre mis ingresos de otras fuentes?

Es su responsabilidad informarnos todos los ingresos, y confirmaremos esta información con las agencias federales y estatales que recopilan datos de ingresos. Para obtener más información, consulte el Income Verification Q&A.

Ahora hay dos opciones para completar su recertificación anual (AR):

1) electrónicamente,
2) usando documentación en papel

¿Qué pasa si no me funciona completar mi AR electrónicamente?

Llámenos al (831) 454-5955 o envíenos un correo electrónico a [email protected] para avisarnos. Se harán arreglos para enviarle por correo un paquete AR en papel.

Si es electrónico: Será contactado por correo electrónico, 3-4 meses antes de la fecha de vencimiento del AR. Siga las indicaciones en el Portal en línea para registrarse. Toda la información de recertificación anual se ingresará a través de este portal.

Si es en papel: Su paquete llegará por correo unos 3-4 meses antes de la fecha de su recertificación anual. Planifique esto y organice su papeleo. Se incluirán más detalles en el paquete.

Para cualquiera de las dos opciones
Complete y envíe su paquete completo antes de la fecha de vencimiento. Su asistencia puede ser cancelada si no lo hace.

  • Si solicitamos documentos originales, haga copias para usted.
  • Si envía un documento por fax, envíelo también por correo. Algunos faxes pueden ser difíciles de leer.

¿Cómo sé si recibiste lo que te envié?

Le enviaremos una carta si nos falta algún documento. No llame inmediatamente después de enviarnos los documentos para preguntar si los recibimos, ya que esto solo ralentizará el proceso de revisión de documentos.

¿Qué sucede si espero un cambio en mis ingresos, bienes o composición familiar?

Infórmenos, por escrito, tanto como sea posible sobre cualquier cambio que pueda tener lugar durante su recertificación anual. Para obtener más información, consulte nuestro Reporting Changes Q&A.

¿Qué pasa si estoy planeando mudarme?

Si planea mudarse durante su proceso de recertificación anual, es importante que nos informe sus planes lo antes posible. Vea nuestro Transfer Q&A para obtener más información sobre cómo mudarse a otra unidad.

¿Habrá cambios en mi renta como resultado de la recertificación anual?

Podría haber cambios en el alquiler que paga si:

  • Sus ingresos o bienes han cambiado.
  • Su arrendador ha solicitado un aumento de la renta.
  • Alguien se ha mudado dentro o fuera de su hogar, lo que afecta la cantidad de dormitorios para los que es elegible.
  • El estándar de pago o las asignaciones de servicios públicos que utiliza la Autoridad de Vivienda para calcular su subsidio ha cambiado.

Se le notificará por correo de cualquier cambio de alquiler.

La mayoría de los programas de la Autoridad de Vivienda están diseñados para que las familias paguen alrededor de un tercio de sus ingresos en alquiler. El gobierno federal considera que esta es una cantidad asequible para que cualquier familia pague por la vivienda.

¿Qué sucede si no puedo recopilar toda la información antes de la fecha límite?

La fecha límite de la Autoridad de Vivienda para la presentación de los documentos de recertificación anual es firme. El incumplimiento de los plazos podría resultar en la terminación de su asistencia.

Lo alentamos a que planifique con anticipación y mantenga archivada la información de ingresos y activos de todos los miembros de su familia para que sea más fácil enviar el paquete antes de la fecha límite. Si hay una crisis que causa un retraso, contáctenos de inmediato.

Special Needs Q&A

¿Qué tipo de asistencia ofrecen a las personas con discapacidad?

La Autoridad de Vivienda del Condado de Santa Cruz tiene programas especiales de vales para personas discapacitadas que cumplan con ciertos criterios de elegibilidad. Para obtener una lista de todos los programas de cupones especiales, visite nuestro sitio web en https://hacosantacruz.org/waiting-lists/waiting-lists-for-all-programs/ Además, si no tiene hogar o está en riesgo de quedarse sin hogar, comuníquese con https://smartpathscc.org/homeless/ o llame al 831-454-4122 o al 2-1-1.

Puede considerar comunicarse con el trabajador social que tiene a través del condado u otra agencia que no sea la Autoridad de Vivienda, para analizar las opciones para usted.

¿Qué otras opciones podrían estar disponibles?

Cuando solicita o comienza a recibir asistencia de la Autoridad de Vivienda, nuestro personal puede ayudarlo con necesidades especiales como:

  • Autorizar a otra persona para que hable con nosotros, reciba correo o firme documentos en su nombre.
  • Solicitudes de prórroga de plazos importantes si la demora estaba relacionada con una discapacidad.
  • Solicitudes de un asistente residente, que es una persona que su discapacidad requiere que viva en su hogar y lo ayude.
  • Solicitudes de alquiler de una unidad a un familiar si no puede encontrar otra unidad con las características especiales que necesita.
  • Solicitudes de un dormitorio adicional para almacenar equipos médicos de gran tamaño o proporcionar espacio adicional relacionado con las discapacidades.
  • Otras necesidades especiales

¿Cómo hago una solicitud?

Complete el Formulario de solicitud especial correspondiente, que puede descargar de nuestro sitio web, o llame a nuestra Línea de información (# a continuación) para solicitar un formulario o para realizar su solicitud verbalmente si no puede completar el formulario.

Haga su solicitud lo antes posible para que el tiempo de procesamiento no interfiera con sus necesidades de vivienda.

Sea específico sobre lo que está pidiendo.

Una vez que recibamos la solicitud, enviaremos un formulario directamente a su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado para verificar la necesidad. Asegúrese de que esa persona conozca sus necesidades y comprenda lo importante que es proporcionar tantos detalles como sea posible en nuestro formulario y devolverlo rápidamente. Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado no puede entregarle el formulario; debe enviárnoslo directamente a nosotros.

¿Cuándo sabré si mi solicitud ha sido aprobada?

Esto depende del tiempo que tarde en responder su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado. La mayoría de las solicitudes tardan más de 30 días en procesarse. Le enviaremos una carta notificándole nuestra decisión.

Aprobar una solicitud especial puede resultar en que usted reciba más asistencia de alquiler que de otro modo se usaría para ayudar a otra familia.

Por ello, requerimos una documentación exhaustiva de la necesidad y comprobaremos que el alojamiento está siendo utilizado.

¿Cuáles son los requisitos para los asistentes internos?

  • Un ayudante residente (LIA) no puede ser alguien que normalmente viviría con usted como parte de su familia o que lo apoyaría económicamente. Un LIA es un empleado que usted contrata para brindar atención.
  • Su proveedor de atención médica o trabajador social debe verificar que necesita un LIA para realizar tareas esenciales relacionadas con su discapacidad durante el horario nocturno. La Autoridad de Vivienda confirmará esta necesidad.
  • No puede cobrar alquiler a un LIA.
  • Un LIA no tiene ningún derecho sobre el vale y no se considera parte del hogar asistido.
  • Los ingresos de un LIA no se cuentan como parte de los ingresos de su hogar.
  • Un LIA debe vivir con usted a tiempo completo y documentar que no tiene otra residencia.
  • No necesita nuestra aprobación para recibir ayuda durante el día, solo para que un LIA viva con usted.

¿Cuáles son los requisitos para alquilar a un familiar?

Solo se le permite alquilar de un pariente si:

  • Su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional capacitado verifique que necesita características especiales debido a una discapacidad, y
  • Se completa una Vivienda Formulario de búsqueda para demostrar que trató de encontrar otra unidad y que sus necesidades solo pueden ser satisfechas por la unidad de su pariente.

¿Cómo puedo obtener una unidad más grande o un dormitorio adicional?

La concesión de habitaciones adicionales significa que obtiene más asistencia de alquiler que de otro modo podría ayudar a otra familia. Se aprueban dormitorios adicionales en situaciones limitadas para:

  • equipos médicos grande
  • Ciertas condiciones que hacen imposible que dos personas compartan una habitación.

¿Cuándo puedo obtener una extensión de la fecha de vencimiento de mi cupón?

Las extensiones debido a una discapacidad solo se otorgan si su proveedor de atención médica, trabajador social u otro profesional informado documenta las fechas en que su discapacidad le impidió buscar un alquiler. No hay garantía de que se concedan prórrogas. Si no arrienda antes de la fecha límite, podría perder su vale. Continúe su búsqueda de vivienda y documente cada unidad que contacte en un Vivienda Formulario de búsqueda.

Si está buscando una unidad, ¡no asuma que su solicitud será aprobada! Continúe con su búsqueda de vivienda. Es posible que no obtenga una extensión de su vale simplemente porque estaba esperando la aprobación de su solicitud.

Si desea una traducción en español, por favor llame al (831) 454-9455.

¿Cómo se determina la renta anual

Información sobre cómo se cuentan sus ingresos en el Vale de Elección de Vivienda de la Sección 8

Definición de ingreso anual

HUD define el ingreso anual como todos los montos, monetarios o no, que: van a, o en nombre de, el jefe de familia o cónyuge (incluso si está temporalmente ausente) oa cualquier otro miembro de la familia; o se prevé que se reciban de una fuente externa a la familia durante el período de 12 meses posterior a la admisión o la fecha de entrada en vigencia del reexamen anual; y que no están específicamente excluidos. Se entiende también por ingresos anuales las cantidades derivadas (durante el período de 12 meses) de los bienes a los que tenga acceso cualquier miembro de la familia. Para ver la definición completa de Ingreso anual de HUD, incluida una lista de todas las exclusiones de ingresos, consulte 24CFR5.609.

Cómo la Autoridad de Vivienda verifica los ingresos: descripción general

Como condición para la asistencia de vivienda bajo el programa, la Autoridad de Vivienda requiere que la familia complete una Solicitud Inicial detallada y una Declaración Personal y Financiera anual que enumere todas las fuentes de ingresos, activos y otra información necesaria para determinar el nivel apropiado de subsidio. Además, los miembros de la familia deben firmar un formulario de consentimiento, autorizando a cualquier institución financiera, empleador, agencia federal, estatal o local, etc. a divulgar información a la Autoridad de Vivienda.

HUD requiere que todos los ingresos, activos y otra información familiar se verifiquen de acuerdo con los siguientes niveles de prioridad.

Verificación de ingresos por adelantado: La verificación de ingresos por adelantado es la verificación de ingresos, antes o durante un reexamen familiar, a través de una fuente independiente que mantiene sistemática y uniformemente la información de ingresos en forma computarizada para una gran cantidad de personas. En un esfuerzo por minimizar los sobrepagos de HAP debido a informes erróneos de los inquilinos y la falta de informes de ingresos, HUD ha lanzado una herramienta de verificación de ingresos por adelantado llamada Verificación de ingresos empresariales (EIV). EIV contiene datos sobre salarios y beneficios recibidos por todos los participantes del programa con Números de Seguro Social válidos.

Verificación por escrito de terceros (Documentos del inquilino): La verificación por escrito de terceros (documentos del inquilino) son documentos originales actuales generados por una fuente de terceros.

Formulario de verificación de terceros por escrito (formulario HA): En los casos en que el inquilino no pueda proporcionar la documentación, o cuando la documentación proporcionada por el inquilino no sea suficiente, la Autoridad de Vivienda se comunicará directamente con la fuente de ingresos, por escrito, para obtener la información de verificación.

Verificación verbal de terceros: Si la fuente de ingresos no responde a una solicitud de información por escrito o proporciona información incompleta o poco clara, el personal de la Autoridad de Vivienda puede comunicarse con la fuente por teléfono para solicitar una aclaración sobre la información incompleta.

Declaración del Inquilino (Auto Certificación): Si no hay otra verificación disponible, el personal anotará el motivo en el archivo y requerirá que el inquilino firme una declaración jurada declarando sus ingresos.

Información sobre la verificación de tipos de ingresos específicos

La siguiente es una lista de los tipos de ingresos más comunes, así como otros elementos que documenta la Autoridad de Vivienda, incluidos los detalles asociados con la forma en que se verifican estos elementos. Esta no es una lista exhaustiva, ya que con frecuencia se agregan nuevas fuentes de ingresos y otros elementos relacionados. Los elementos que se presentan a continuación se enumeran en orden alfabético.

Contribuciones anuales / regalos – HUD requiere que las contribuciones y los obsequios regulares y continuos se cuenten para el ingreso anual. Sin embargo, los obsequios o contribuciones que ocurren anualmente (como regalos de Navidad o cumpleaños) no se consideran regulares o continuos porque ocurren solo una vez durante el período de informe de revisión de un año. Por lo tanto, dichas contribuciones y obsequios deben excluirse si son menos de $1,000 por hogar.

Activos: Para los participantes actuales del programa en el reexamen anual únicamente, la Autoridad de Vivienda aceptará la autocertificación de activos del inquilino en la Declaración personal y financiera si se informa que los activos totales del hogar son inferiores a $ 5,000. Para los solicitantes en el proceso de elegibilidad y para los participantes actuales del programa con $ 5,000 o más en activos familiares totales, la Autoridad de Vivienda recopilará los documentos proporcionados por el inquilino actual, como estados de cuenta bancarios.

Dinero en mano – Ocasionalmente, los Inquilinos reportan su efectivo disponible (como se solicita en la Declaración Personal y Financiera). Los montos en efectivo inferiores a $1,000 por hogar no se contarán como un activo. Sin embargo, cualquier cantidad de efectivo que sea mayor o igual a $1,000 por hogar se contará como un activo.

Deducciones de gastos de cuidado infantil: La Autoridad de Vivienda primero debe verificar que los gastos de cuidado infantil se utilicen para permitir que un miembro de la familia trabaje, busque empleo activamente o prosiga su educación. Por ejemplo, el cuidado de los niños debe proporcionarse durante las horas de trabajo, educación, etc. cuando no hay otra actividad (como la escuela) para el niño.

Requisito de servicio comunitario: Para la verificación de la participación en el servicio comunitario requerido para inquilinos de viviendas públicas, se acepta una hoja de tiempo firmada por la agencia pero proporcionada por la familia. Para la verificación de que un familiar está exento de realizar servicio comunitario, el personal debe obtener el mayor nivel de verificación de terceros posible de acuerdo con este procedimiento, excepto aquellas exenciones que se deban a razones permanentes como la edad o la incapacidad permanente que ya se hayan verificado. y documentado.

Discapacidad: Si un inquilino recibe SSI, la verificación del pago de SSI es una verificación aceptable de la discapacidad. Si el inquilino no recibe SSI, se solicitará verificación de discapacidad, según las circunstancias de la persona, a un médico, otro profesional de la salud o un trabajador social, con conocimiento médico o profesional de la discapacidad de la persona. Si dicha verificación no está disponible, la Autoridad puede considerar otras formas de verificación caso por caso.

Estado de estudiante de tiempo completo: La condición de estudiante de tiempo completo debe verificarse utilizando los documentos de inquilino actuales proporcionados por el hogar o por la escuela. La condición de estudiante a tiempo completo será anual.

Estado de ciudadanía e inmigración: Todos los participantes del programa admitidos en el programa deben firmar una declaración que indique si son ciudadanos estadounidenses, residentes legales o si no pretenden tener un estatus de ciudadanía elegible (y por lo tanto recibirán asistencia prorrateada). A los ciudadanos estadounidenses se les pedirá que proporcionen prueba de ciudadanía, que puede incluir un certificado de nacimiento, un pasaporte o un certificado de naturalización. Los no ciudadanos menores de 62 años deben proporcionar documentación del estado migratorio elegible (que luego se verifica en el sistema E-verify SAVE).

Deducción de Gastos Médicos y Gastos de Asistencia por Discapacidad: El Departamento de Salud y Servicios Humanos ha desarrollado normas federales de privacidad para proteger los expedientes médicos de los pacientes y otra información de salud proporcionada a los planes de salud, médicos, hospitales y otros proveedores de atención médica a partir del 14 de abril de 2003. Estas normas son parte de la Ley de Salud. Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de 1996 (HIPAA). Los requisitos de privacidad bajo HIPAA tienen un impacto significativo en cómo las PHA verifican el estado de discapacidad, los gastos médicos y los gastos de asistencia por discapacidad. HIPAA requiere que los pacientes firmen una autorización específica antes de que una entidad cubierta pueda divulgar su información médica a un tercero para fines no relacionados con la atención médica del paciente.

La Autoridad de Vivienda aprecia la declaración en la Guía de Verificación que reconoce que “con el aumento de los requisitos de la ley de privacidad, las PHA pueden tener dificultades para verificar” los gastos médicos y de asistencia para discapacitados. A la luz de estas considerables dificultades, la Autoridad de Vivienda ha determinado que la mejor manera de garantizar la validez de la información de gastos de asistencia médica y de discapacidad, al mismo tiempo que protege la confidencialidad de nuestros solicitantes y participantes y cumple con HIPAA, es confiar en el solicitante/participante. auto certificacion. Para recibir la deducción de gastos médicos, los inquilinos deben completar los formularios de verificación de gastos médicos proporcionados en el paquete de gastos médicos. Sin embargo, si un participante del programa informa gastos médicos superiores a $3,000, el personal de la Autoridad de Vivienda intentará validar más los gastos de una manera que no viole la confidencialidad del participante del programa.

Identificación con foto: A todos los miembros adultos del hogar se les pedirá que proporcionen una identificación con foto emitida por el gobierno en la entrevista inicial, antes de ser agregados al hogar, o en el reexamen anual después del decimoctavo cumpleaños de un miembro existente del hogar. La identificación con fotografía puede consistir en un pasaporte, una licencia de conducir, una tarjeta de identificación emitida por el estado, una tarjeta de identificación militar o una tarjeta de identificación de estudiante. La identificación con foto siempre debe presentarse en persona, en lugar de por correo.

Ingresos Estacionales: Si un participante está empleado en una ocupación que es cíclica (que aumenta o disminuye al mismo tiempo cada año, como trabajadores agrícolas, maestros y trabajadores de la construcción), todos los ingresos que espera recibir durante el año deben ser anualizados. Si la Autoridad de Vivienda determina que el ingreso pasado es el mejor predictor del ingreso futuro, se pueden usar datos históricos para proyectar el ingreso anual.

Auto-empleo: A todos los inquilinos y solicitantes que trabajan por cuenta propia se les pedirá que proporcionen una copia completa de su declaración de impuestos más reciente (incluido el Anexo C y el Anexo SE, si corresponde). Además, se les pedirá a todos los inquilinos y solicitantes que trabajan por cuenta propia que completen el formulario de certificación de trabajo por cuenta propia y que firmen el formulario IRS 4506-T.

Seguro Social (SS) / Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI): La Autoridad de Vivienda debe utilizar el sistema HUD EIV para obtener una verificación inicial de los beneficios del Seguro Social y SSI para los participantes actuales del programa. Si el monto que se muestra en EIV no coincide con el monto provisto en una carta de beneficios original actual, se utilizará el monto en la carta de beneficios. Si no se ha proporcionado una carta de beneficios original actual, pero el EIV coincide con la cantidad que el inquilino ha informado a través de la Declaración personal y financiera, el EIV se puede usar sin recopilar los documentos del inquilino. Sin embargo, si el monto reflejado en el PFS no coincide con el EIV y el inquilino no ha proporcionado una carta de beneficios original, el personal obtendrá una carta de beneficios original o se comunicará con el inquilino por teléfono para brindarle la oportunidad de disputar la información en EIV. Si el inquilino no disputa la información en EIV, el personal documentará la llamada telefónica y puede usar los datos en EIV. Si el inquilino disputa la EIV, se debe obtener una carta de beneficios original. Además, las cartas de beneficios originales se utilizarán para verificar los beneficios del Seguro Social y SSI de los solicitantes y otras personas que no están en el sistema EIV.

Números de Seguro Social: Todos los solicitantes, independientemente de su edad, deben revelar un Número de Seguro Social válido y proporcionar la documentación requerida en el momento de la determinación inicial de elegibilidad.

Salarios: La Autoridad de Vivienda debe utilizar el sistema EIV de HUD, junto con la documentación proporcionada por el inquilino (como talones de pago consecutivos actuales), para obtener la verificación de los salarios.